ARBA prorroga moratorias para pymes y empresas afectadas por la pandemia

La medida permitirá a las empresas actuar como agentes de recaudación, regularizar deudas provenientes de retenciones y percepciones no efectuadas, no ingresadas o ingresadas fuera de término, vencidas al 31 de diciembre de 2020, tanto en instancia judicial como prejudicial.

La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) anunció que se extenderán hasta el próximo 31 de diciembre tres moratorias cuyo vencimiento operaba en los próximos días. La primera está destinada a pymes y otras empresas que poseen deudas derivadas de su actuación como agentes de recaudación, y las dos restantes están orientadas a contribuyentes que hayan visto afectada su actividad económica por la pandemia durante los años 2020 y el 2021.

La extensión de las medidas, que fue publicada en el Boletín Oficial del distrito, permitirá a empresas que actúen como agentes de recaudación, regularizar deudas provenientes de retenciones y percepciones no efectuadas, no ingresadas o ingresadas fuera de término, en relación con Ingresos Brutos y Sellos, vencidas al 31 de diciembre de 2020, tanto en instancia judicial como prejudicial. También se prorrogó hasta el último día del año la posibilidad de adherir a la moratoria impositiva que posibilita a familias y empresas regularizar deudas de los impuestos Inmobiliario, Automotores y Embarcaciones Deportivas vencidas durante 2020, que ofrece quitas de hasta el 100% en multas e intereses, segmentados con un carácter de progresividad, en función de la capacidad de pago de los hogares y empresas, con mayores beneficios y facilidades para quienes fueron más perjudicados.

Además del beneficio de quita de una parte de la deuda, contarán con la posibilidad de financiarla en hasta 24 cuotas, con una tasa que va del 0% al 2%, dependiendo del plazo elegido para adherirse al plan y la situación de cada contribuyente. Paralelamente, la extensión de los plazos posibilitará regularizar deudas de Ingresos Brutos, Automotores e Inmobiliario Básico, tanto en planta urbana edificada como rural, vencidas en 2021. En ese caso, el plan Covid-19 de ARBA prevé facilidades para que comercios, autónomos, pymes, empresas y demás contribuyentes de Ingresos Brutos, que hayan tenido caída de ventas o aumentos inferiores al 40% en su facturación, puedan regularizar deudas impositivas en hasta 18 cuotas sin interés.

Al presentar las iniciativas, el titular de ARBA, Cristian Girard, destacó que “forma parte del programa de recuperación productiva que puso en marcha el gobernador Axel Kicillof para reactivar la economía, generar empleo y mejorar los ingresos populares”. El programa contempla, de acuerdo con el tamaño de la empresa y al tipo de deuda, la posibilidad de financiación en hasta 48 cuotas (en los plazos largos con el pago de un anticipo y, en los más cortos, sin necesidad de ello). Los agentes de recaudación también podrán regularizar deudas correspondientes a intereses, recargos y multas, así como las que provengan de regímenes anteriores que se encuentren caducos al 31 de diciembre de 2020, relacionadas con retenciones y percepciones no efectuadas o no ingresadas de Ingresos Brutos y Sellos.

Para realizar el acogimiento, acceder a los detalles del programa de regularización o requerir mayor información, quienes sean responsables, apoderados o apoderadas de las empresas deberán ingresar a www.arba.gob.ar, donde podrán tramitar las adhesiones. La moratoria pensada para acompañar a tres millones de contribuyentes afectados por la pandemia, que estaba vigente hasta el 19 de diciembre de 2021 inclusive, se extendió hasta el 31 de diciembre de este año. Comprende deudas prejudiciales vencidas entre enero y diciembre de 2020 y abarca a los impuestos Inmobiliario (en todas sus plantas, en su componente básico y Complementario), Automotores y Embarcaciones Deportivas.

El programa prevé una financiación de hasta dos años y contiene quitas de hasta el 100% en los intereses. Además, por su carácter progresivo, los beneficios se irán modificando según el momento en que se acoja el plan y el segmento que pertenezca cada contribuyente. El Plan para actividades afectadas por la pandemia durante el 2021 que originalmente vencía el 31 de octubre, se extenderá hasta el 31 de diciembre e incluye impuestos vencidos entre el 1° de enero y el 31 de agosto de 2021.

En el caso de Inmobiliario y Automotores, las y los contribuyentes de Ingresos Brutos pueden cancelar aquellas deudas correspondientes a bienes que se encuentren asociados a su CUIT. La adhesión al programa de regularización se efectúa directamente desde la web, ingresando en arba.gob.ar, con CUIT y clave de identificación tributaria (CIT). El plan incluye la posibilidad de pagar al contado o en tres y hasta 18 cuotas mensuales, sin interés de financiación.

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