“Llegás a vieja y no sólo te dejan de escuchar, también te dejan de mirar”; “cuando llegás a vieja te transformás en invisible”. Éstas son algunas de las citas que he escuchado, y escucho, en mis encuentros con mujeres mayores.
Fue una mujer, Eva Perón, quien el 28 de agosto de 1948 proclamó el “decálogo de la ancianidad” dando cuenta de las necesidades de este grupo socialmente discriminado. Tanto las mujeres como los ancianos son considerados vulnerables según el artículo 75 inciso 23 de la Constitución de la Nación Argentina, por lo que, cuando hablamos de mujeres mayores tenemos que hablar de un doble tipo de discriminación: por mujeres y por viejas, lo que da cuenta de la discriminación múltiple.
Hoy el término ancianidad ya no se utiliza. La denominación correcta es persona mayor o persona adulta mayor tal como lo indica la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores en su artículo 2. Esta convención es ley en Argentina desde el 30 de noviembre del año 2022 y se transformó en una herramienta fundamental para conocer, divulgar, respetar y proteger los derechose de este grupo poblacional tan numeroso como heterogéneo.
La gerontoglobalización da cuenta de este hecho y es de crucial importancia hablar de la feminización de las vejeces dado que las mujeres vivimos más años y en peores condiciones por nuestras trayectorias vitales que repercuten directamente en nuestra calidad de vida a medida que vamos envejeciendo.
Esa convención tiene por objeto “promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad”.
Entre todos los derechos que consagra la ley el derecho a la educación resulta ser la puerta de entrada para el conocimiento de todos los otros derechos. Ahora nos podríamos preguntar ¿cómo es posible acceder al conocimiento de nuestros derechos? ¿por qué sería importante conocerlos mucho antes de llegar a viejxs?
La Educación Sexual Integral es una ley nacional sancionada en el año 2006, es una ley de vanguardia porque hace referencia a la sexualidad como constitutiva de nuestra identidad sacando la genitalidad del eje de atención para llevarlo a los múltiples planos de la vida, a la relación que tenemos con nuestro cuerpo y a la relación que entablamos con los demás inclusive con el medio que habitamos.
Esta ley es una ley viejista ya que invisibiliza la última etapa de la vida, no hace referencia a las personas mayores, no habla de menopausia, de andropausia, no visibiliza cuerpos envejecidos, ni a las posibles relaciones intergeneracionales que se puedan llegar a entablar. La ley 26.150 refleja claramente los dichos de las mujeres que suelo escuchar a diario. La falta de información y el tabú respecto a la sexualidad en las vejeces sigue tan vigente como cuando se hablaba exclusivamente de las personas mayores como objetos a ser cuidados y no como sujetos derechos.
El valor de la Educación Sexual Integral
¿Por qué es importante que la ESI involucre a las personas mayores? Precisamente por las ideas, ya instaladas en el imaginario social, que tenemos respecto a esta etapa de la vida, por los mitos, estereotipos y prejuicios que existen en referencia a las vejeces.
Fue Leopoldo Salvarezza quien a finales de la década del 80 crea el neologismo viejismo definiéndolo como: “una conducta social compleja con dimensiones históricas, culturales, sociales, psicológicas e ideológicas y es usada para evaluar, consciente o inconscientemente, el estatus social de las personas viejas. La tendencia de culpabilizar a la víctima está presente también en este prejuicio. Debemos entender que esos prejuicios son construcciones sociales. Y que en muchos casos son apropiadas por las mismas personas mayores, contribuyendo a su propia victimización”.
La discriminación por edad no es lo mismo que la discriminación por vejez, la vejez se nota y si de apariencias se trata el ideal de belleza sigue recayendo sobre los cuerpos femeninos.
Es necesario generar condiciones que garanticen el principio jurídico de igualdad y no discriminación teniendo en cuenta la diversidad que existe en los modos de vivir nuestras vidas. Es necesario que la ESI contemple a las personas mayores para poder derribar viejismos y fomentar prácticas que no hagan lugar a la discriminación.
*Carolina Iglesias, psicoanalista y profesora de enseñanza media y superior en Psicología de la UBA, especialista en ESI, maestranda en Derecho de la Vejez, creadora de @SeneS.PersonasMayores – Comunidad AntiViejista.