El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 26, a cargo de los jueces Marcelo Alvero, Maximiliano Dialeva y Carlos Rengel Mirat, condenó a prisión perpetua a Rodrigo Keilis, el travesticida de Alejandra Salazar. Sin embargo, no tuvo en cuenta el odio a la identidad de género.

Alejandra Salazar Villa era una mujer trans de 54 años, que había llegado a la Argentina desde Perú. Se ganaba la vida como trabajadora sexual y vivía sola en su departamento ubicado en la avenida Corrientes al 2200, en el barrio porteño de Once. Fue asesinada en diciembre de 2020.

La fiscal Diana Goral había pedido una condena por homicidio con el agravante de mediar violencia de género (femicidio) y por odio a la identidad de género (travesticidio). El tribunal finalmente solo tuvo en cuenta la primera figura por lo que no consideró que el crimen haya sido un travesticidio.

“Nos damos por conformes con esta sentencia”, dijo a Presentes Marcela Tobaldi, presidenta de La Rosa Naranja. “Cumplimos con nuestro objetivo que es prisión perpetua”, agregó. Sin embargo, sobre el agravante que no consideró el Tribunal, sostuvo: “El artículo sobre el odio a la identidad de género no lo quieren aplicar porque trabajar con el odio es muy fuerte para los jueces”.

El crimen

El 6 de diciembre de 2020 Alejandra salió a comprar manzanas a un supermercado cercano a su vivienda. Una vez hecha la compra, alrededor de las 18.30, se dirigió hacia su casa y en el camino se cruzó con Rodrigo Keilis y Pablo Getar.

Keilis tenía entonces 20 años, trabajaba descargando camiones y se encontraba en situación de calle. Ese día estaba junto a su tío, Pablo Getar, un changarín y cartonero que en ese momento tenía 40 años.

Ambos escoltaron a Alejandra hasta su casa y uno de ellos, Keilis, subió con ella para mantener una presunta relación sexual, mientras Getar cruzó la avenida y se sentó a esperar.

Una vez allí, Keilis “colocó una de las bolsas de nylon traídas desde el supermercado, específicamente aquella en la que transportaba las manzanas, y la tomó fuertemente del cuello, lo que le provocó la fractura del hueso hioides y la muerte por compresión del cuello y sofocación”. Así lo indica el requerimiento de juicio, firmado por les fiscales Ignacio Mahiques y Mariela Labozzetta.

Acto seguido, el hombre tomó algunas pertenencias de Alejandra, como el dispositivo electrónico para abrir la puerta del edificio y un televisor. Afuera ya no se encontraba Getar -quien se fue diez minutos antes de que Keilis saliera del edificio-, así que tomó un taxi hasta el barrio de Constitución donde volvió a encontrarse con su tío.

El juicio

La investigación que llevó la causa a juicio fue realizada por la Fiscalía Nacional en los Criminal y Correccional N° 35. Su titular, el fiscal Ignacio Mahiques, junto a Mariela Labozzetta, a cargo de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia Contra las Mujeres (UFEM), consideraron que la acumulación de prueba era suficiente para acusar a Rodrigo Alejandro Keilis de “homicidio agravado por mediar odio a la identidad de género en concurso real con robo simple”.

También a Pablo Isaac Getar como “partícipe necesario”. Sin embargo, Goral no consideró que hubiera la prueba necesaria para esta imputación por lo que pidió su absolución.

A lo largo de las audiencias del juicio declararon diferentes testigues como vecines, el encargado del edificio donde vivía Alejandra, el médico forense, psicólogas de Keilis y los dos policías a cargo de la primera investigación del caso.

Además, prestaron testimonio dos personas especializadas que explicaron la problemática que enfrenta el colectivo travesti trans y qué implica un travesticidio.

Testigas expertas

Una de ellas fue la activista travesti Marcela Tobaldi. A Alejandra la había conocido “en el marco de que ella necesitaba hacer el cambio de género”. “Se acercó un día. En aquella época yo trabajaba en la Defensoría de la ciudad de Buenos Aires. Preguntó por mí. Era muy tímida”, recordó. “No tenía ningún derecho de matarla, de ahorcarla, robarle y todo lo que hizo. Fue un travesticidio”, destacó en diálogo con Presentes.

«El travesticidio es una forma específica de violencia de género. Se consuma en el asesinato de las personas que expresan o afirman una identidad de género que no se condice con los criterios considerados ‘normales’ de la feminidad o la masculinidad”, explicó la antropóloga Josefina Fernández. Fernández es especialista en género, diversidad sexogenérica y políticas públicas. Junto a Lohana Berkins coordinó el informe “La gesta del nombre propio” y su actualización, La Revolución de las Mariposas. Durante el juicio declaró como testiga experta.

Su declaración aportó un dato recopilado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH): el promedio de vida de las personas trans en América Latina oscila entre los 30 y 35 años. “Menos de la mitad del promedio del que goza el resto de la población”, destacó Fernández. Ese promedio es producto “no sólo de la violencia letal, sino también de sus recorridos vitales ligados, generalmente, a múltiples experiencias de vulnerabilización”, continuó.

También aportó una mirada interseccional para analizar el crimen de Alejandra. Ella, además de trans, era migrante y trabajadora sexual. En esta línea consideró que “a la condición trans ha de sumarse otras determinaciones y variables como la clase y la raza”. Esto puede agravar “aún más las condiciones de vida del colectivo en cuanto a su acceso a derechos. Y, claro, al sistema de justicia, lo que aumenta la impunidad de los agresores”.

Según una investigación que realiza la UFEM, el 66% de las mujeres trans o travestis asesinadas eran de nacionalidad extranjera. Y la abrumadora mayoría, casi el 100%, eran trabajadoras sexuales, aportó Fernández.

La condena

La condena fue bajo el artículo 80 inciso 11 del Código Penal: “Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua (…) al que matare (…) a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”.

«Faltó el agravante por el odio, pero es una sentencia histórica. Estoy contenta», dijo a Presentes la fiscal Goral. También consideró que este juicio «es importante para la nueva mirada que hay que tener respecto de los colectivos LGBTI».

A su vez, a lo largo de las audiencias la fiscal dijo que aprendió mucho y agradeció la presencia permanente de las integrantes de la organización La Rosa Naranja.

En su alegato formulado en la audiencia del 31 de octubre, la fiscal había considerado importante definir a este crimen como un travesticidio. «Permite identificar, registrar y cuantificar los crímenes perpetrados contra ellas además de habilitar el reconocimiento de las particularidades que estos ilícitos contienen como expresión extrema de la violencia de género», explicó.

Otras condenas por travesticidio

Las anteriores condenas por travesticidio que tuvieron lugar en la Argentina fueron por los crímenes de Diana SacayánMarcela ChocobarEvelyn Rojas y Melody Barrera.

La primera condena fue por el travesticidio de la activista Diana Sacayán el 18 de junio de 2018. Allí el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 4 de la Capital Federal condenó a prisión perpetua a Gabriel David Marino.

Luego, la condena, también a perpetua, por homicidio calificado por odio a la identidad de género (transfemicidio) que recibió Oscar Biott en junio de 2019. El hombre estaba acusado junto a Angel Azzolini de asesinar a la joven trans Marcela Chocobar. La decisión fue tomada por unanimidad por los jueces de la Cámara Criminal de Río Gallegos.

La tercera es reciente. El 17 de marzo de este año, el Tribunal Penal N°1 de Posadas condenó a Ramón Da Silva a prisión perpetua por homicidio por la relación de pareja, odio hacia su género y expresión, y por femicidio, tras el crimen de Evelyn Rojas.

En tanto, el 15 de septiembre de este año, un jurado popular en Mendoza condenó al ex oficial de la policía, Darío Jesús Chaves Rubio, a 27 años de cárcel por el transfemicidio de Melody Barrera.

*Este artículo pertenece a la Agencia Presentes y es reproducido por Tiempo Argentino a partir de un convenio de publicación para difundir periodismo especializado y de calidad.