Desde la firma del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual (ADPIC) en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC), Argentina, como todos los países miembro están obligados a reconocer patentes farmacéuticas. Las promesas que impulsaron la firma del ADPIC (1994) avizoraban una necesaria cantidad de inversiones en desarrollo de tecnologías médicas ante la posibilidad de que los inversores se aseguraran monopolios sobre sus productos o procedimientos en materia de salud.

Las reglas del juego entonces se centraron en asegurar monopolios pero con la limitación de que las patentes no se otorgarían ante meros avances científicos incrementales sino que debería tratarse de genuina innovación. Es así que tanto el ADPIC como las leyes nacionales de patentes, requieren que lo que se pretenda patentar sea nuevo (o sea no haya sido publicado anteriormente), implique un paso significativo en la ciencia (no sea obvio para un experto en la materia) y sea de aplicación industrial. La tarea de examinar el cumplimiento de estos requisitos en las solicitudes de patentes está en cabeza de las Oficinas Nacionales que son a quienes corresponde otorgarlas o denegarlas.

Lo cierto es que con el paso de los años lo que ha sucedido es que las promesas no se han cumplido, lo que más hacen las empresas farmacéuticas es presentar pedidos de patentes que no cumplen los requisitos legales de patentabilidad. Lo hacen sobre meros cambios incrementales, existe muy poca innovación. Al tratarse de un sistema basado en inversiones privadas guiadas por expectativas de lucro, hay enfermedades que llamamos “enfermedades desatendidas” (las de zonas o países de bajos recursos) que no dan rentabilidad y respecto de las cuales no existe inversión ni desarrollo.

El actual sistema de patentes es un sistema basado en el mercado que convirtió a las tecnologías médicas en mercancías, y que si no es bien administrado -en el sentido de prevenir los abusos de las compañías- termina por otorgar monopolios inmerecidos sobre medicamentos esenciales dejando a la mayoría de la población sin acceso a la salud.

Es por eso que la sociedad civil organizada trabaja en eliminar las barreras al acceso a medicamentos y promover que los Estados tomen medidas para salvaguardar la salud pública. La adopción de criterios estrictos de patentabilidad, como los que incluyen las “Guías para el examen de patentes farmacéuticas” argentinas, consideradas un modelo en el mundo, son un instrumento de gran efectividad para prevenir el ever-greening o repatentamiento sobre un mismo principio activo. Estas guías, desde su vigencia, están siendo atacadas por la industria farmacéutica multinacional. CAEMe, la Cámara Argentina de Especialidades Medicinales solicita judicialmente la anulación de las Guías mientras que desde distintos sectores se trabaja por defenderlas. El Estado Nacional, los productores locales, las organizaciones de personas con VIH y hepatitis C demandan el rechazo de la demanda judicial contra la política que ha demostrado ser la más efectiva en el mundo para evitar monopolios legales que excluyen la posibilidad de fabricación local de medicamentos genéricos, la disminución de los precios y como consecuencia bloquean el ejercicio del derecho a la salud.