Joaquín tiene dos años. Padece atrofia cerebral. Para vivir necesita estar conectado las 24 horas a un concentrador de oxígeno y a un saturómetro. Usa nebulizador y aspirador nasal de secreciones. La enfermedad no le permite regular su temperatura corporal. Necesita calefacción eléctrica continuamente. Tiene el aire acondicionado para eso. Su prepaga le brinda enfermería las 24 horas. Su familia consume 1700 kW al mes para que Joaquín esté bien. Él también recibió el cachetazo del tarifazo.
«Me dijeron que me iban a dar la tarifa social. Pero no me llegó ni la refacturación ni la nueva factura, ni una notificación de Edesur. La empresa, además, me dijo que me iba a dar un grupo electrógeno y tampoco lo tengo.» Mauro Stefanizzi, papá de Joaquín, espera una resolución en su casa de Lomas de Zamora.
La historia de Joaco y su familia es la de los electrodependientes, un gran número de personas que necesita que los servicios públicos (particularmente el suministro eléctrico) funcionen eficazmente y que tengan una tarifa razonable, dentro de sus posibilidades de pago.
«Iniciamos el reclamo en el Juzgado Federal Civil y Comercial Nº 3 de Lomas de Zamora, solicitando que se declare la nulidad e inconstitucionalidad del tarifazo eléctrico y que, como algo provisorio, se suspenda en el caso de la familia de Joaquín y en el de toda persona que no pudiera hacer frente a esta barbaridad», explica a Tiempo el abogado Facundo Ferro, cuyo estudio jurídico patrocina a los Stefanizzi de forma gratuita. «Que esto se revea por lo menos hasta que los electrodependientes tengamos una ley que nos ampare y garantice la continuidad del suministro», pide Mauro.
El juez federal Juan Pablo Augé entendió que Ferro no puede representar a todos los electrodependientes y circunscribió la acción a la familia de Joaquín. «Ante una cautelar, aunque se declare incompetente, el juez debe resolver por sí o por no. No hizo nada de esto: argumentó que no ve agotada la vía administrativa con el ENRE», cuenta el abogado. Agrega que el juez también dijo que la medida cautelar no era necesaria porque el tarifazo estaba suspendido por tres meses. «Nosotros entendemos que no hay que agotar la vía administrativa cuando hay una clara violación a los Derechos Humanos porque la suspensión por tres meses no aporta certeza ni seguridad jurídica, sino incertidumbre ante el derecho a la salud y a la vida de Joaquín. Después de estos tres meses, ¿qué pasa?», se pregunta Ferro. «En la justicia se lavaron las manos y patearon la pelota. Estamos hablando de la vida de las personas. Tenían que resolver para dar contención y protección», argumenta el padre del chico.
Ante esta situación, sumado a que la Corte Suprema no habilitó el per saltum, Ferro acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) argumentando que hay un agotamiento material de las vías del ordenamiento jurídico argentino. «Es decir, no hay recursos efectivos para defender los Derechos Humanos», explica el abogado. En la CIDH están analizando el caso. «Pueden pasar dos cosas: que nos digan que no a la cautelar, o que digan que sí y protejan la vida.»
Sabrina Figuera es la mamá de Agustín Salas, un nene de 13 años con parálisis cerebral, también electrodependiente. «Por los aumentos de la luz no podemos pagar las facturas», cuenta esta mamá que suma a sus preocupaciones el miedo al corte del suministro. «Nos organizamos con muchos papás con el mismo problema y estamos preparando una ley diferencial para electrodependientes. Pero todavía no tuvimos respuesta», dice. Agustín tiene internación domiciliaria y consume entre 400 y 1700 kW por mes. La tarifa social les cubre hasta 300 a los electrodependientes. «Pedimos una ley para ampliar la cantidad de kW, para que no haya cortes del suministro en las casas de electrodependientes y que cada uno tenga un grupo electrógeno para usar en caso de emergencia.»
«El reclamo es absolutamente justo», argumenta Ferro y sostiene que «no hay ningún estudio previo hecho por el gobierno para avalar la supuesta crisis energética que derivó en los tarifazos, que son ilegales e inconstitucionales porque no se realizaron las audiencias públicas para modificar el cuadro tarifario». En la urgencia, sostiene, «lo más grave es la violación sistemática, manifiesta y flagrante de los Derechos Humanos».
Si bien las compañías eléctricas permiten registrarse como usuarios electrodependientes, el servicio diferencial refiere a la energía constante a los niveles de tensión adecuados, pero advierten a los clientes que, ante la eventualidad de un corte, deben arbitrar los medios necesarios para la atención o el eventual traslado del paciente . «