Octubre de 2019. Río Negro. El médico ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra es condenado en Río Negro a dos años y cuatro meses de inhabilitación para ejercer cargos públicos tras impedir la práctica de un aborto legal y obligar a gestar y a parir a una joven de 19 años que había sido víctima de una violación. 

Noviembre de 2020. Tras conocerse que Rodríguez Lastra había comenzado a trabajar en un consultorio de un instituto privado de Gualeguaychú, Entre Ríos, la ministra de salud de la provincia, Sonia Velásquez, ordena suspender su matrícula y «cerrar su consultorio y abstenerse de ejercer la medicina» en Entre Ríos.

Febrero de 2021. Aunque parezca insólito, con la ley de interrupción voluntaria del embarazo ya sancionada a finales del año pasado, el Ministerio revocó la suspensión y lo habilitó a ejercer la medicina con una matrícula vigente hasta 2025. 

La noticia no tardó en generar repudio. La Campaña Nacional por el Derecho al aborto legal, seguro y gratuito, y organizaciones sociales y políticas de Entre Ríos repudiaron la decisión e instaron al gobernador, Gustavo Bordet, a retroceder en la medida  ya que «no cumplir con un derecho es un delito». 

Desde la cartera sanitaria entrerriana señalaron que si bien Rodríguez Lastra «ostenta una sentencia penal impuesta en razón de su actividad de médico en Río Negro, no se encuentra firme y consentida» ya que su defensa presentó un recurso en queja. El restablecimiento de la matrícula, consideró la Campaña, puede afectar «el ejercicio de un derecho consagrado por la ley, siendo el propio Estado provincial quien pone en riesgo».