El Estado Nacional y la Policía Federal Argentina (PFA) fueron condenados a pagar una indemnización de $ 4 millones a las hijas de un portero que mató a su esposa y luego se suicidó en el Barrio Norte porteño, en momentos en que dos efectivos de la fuerza debían custodiar a la mujer.

El fallo fue dictado por la sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que confirmó una sentencia anterior que halló responsables de “negligencia” a dos integrantes de la PFA que intervenían en el operativo. Los jueces fijaron la suma a pagar en 1.903.607 pesos para una de las hijas y en 1.891.257 para la otra, más los intereses que corran hasta el momento del efectivo pago de las sumas.

Los jueces María Claudia Caputi, José Luis López Castiñeira y Luis Márquez consideraron que los efectivos actuaron “minimizando o directamente negándose el riesgo suscitado”, cuya consecuencia fue el femicidio.

La demanda se realizó contra el Estado Nacional por el obrar del personal policial, y –en forma personal- contra dos oficiales que participaron del operativo y el entonces comisario José Pedro Potocar, quien llegó a ser jefe de la Policía de la Ciudad, pero la causa contra este último no prosperó.

El hecho se registró el 22 de febrero de 2010 cuando la madre de las dos niñas, por entonces de 7 y 11 años, fue a su domicilio a retirar unas pertenencias ya que días antes lo había abandonado por un episodio de violencia de género.

Dos oficiales la acompañaron en un patrullero, pero cuando la mujer entró a la casa y comenzó a subir una escalera, uno de ellos se quedó en el móvil y el otro le dio por unos momentos la espalda, lo cual fue aprovechado por el marido para atacarla con un arma blanca.

Poco después, el hombre le causó heridas al mismo policía con la misma arma y después se suicidó.

De acuerdo a lo que pudo establecerse en la causa, el 15 de febrero -una semana antes del femicidio- la mujer decidió irse a la casa de un familiar y al día siguiente, promovió una denuncia por violencia doméstica contra su esposo que recayó en el juzgado en lo Civil 9.

Posteriormente, se dispuso una prohibición de acercamiento del portero a su esposa y se autorizó a la denunciante para que, acompañada por personal de la comisaría 17a., procediera a retirar sus efectos personales y los de sus hijas.

A la hora de fijar el monto, los magistrados tuvieron en cuenta la pérdida de ambos progenitores, quienes rondaban los 40 años, gozaban de buena salud, trabajaban y eran responsables del mantenimiento económico del núcleo familiar.

Además, se agregó el daño moral sufrido por las hijas y el tratamiento psicológico que debieron realizar tras el hecho.