Bajo el título de Emergencia Pública, el gobierno nacional reglamentó la ley 27.345, aprobada por el Congreso en diciembre pasado, que prorrogó la emergencia social hasta el 31 de diciembre de 2019 a partir del acuerdo firmado entre las organizaciones sociales y el Ejecutivo.

La medida se oficializó con tres meses de demora y tras una serie de reclamos por parte de la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular (CTEP), Barrios de Pie y la Corriente Clasista y Combativa, entidades que impulsaron la norma y que reclamaban su reglamentación.

Los movimientos sociales iban a realizar una marcha a Plaza de Mayo el lunes en reclamo de la reglamentación y en coincidencia con el cuarto aniversario del papado de Francisco, sin embargo por ahora la protesta se frenó. 

La primera reacción del sector provino del referente de la CTEP, Juan Grabois, quien en redes sociales reclamó su implementación. «En horabuena el Gobierno, después de tres lagos meses, reglamentó la Ley de Emergencia Social ¡es hora de empezar a implementarla!», señaló y agregó: Una reglamentación trasnochada no resuelve los problemas. Este modelo económico y el cinismo político nos obligan a salir a la calle a luchar

En el mismo sentido, el referente del Movimiento Evita, Emilio Pérsico, sostuvo -en declaraciones a radio Continental- que las organizaciones “ahora esperan que se ponga en marcha ya el salario complementario, que empiecen a llegar partidas y que se comience a blanquear toda la actividad de la economía popular”.

La denominada ley de Emergencia Social creó el Consejo de la Economía Popular y el Salario Social Complementario, además del Registro Nacional de la Economía Popular, ambos en el ámbito del ministerio de Desarrollo Social.

El artículo 2 del decreto define a la economía popular como «toda actividad creadora y productiva asociada a mejorar los medios de vida de actores de alta vulnerabilidad social, con el objeto de generar y/o comercializar bienes y servicios que sustenten su propio desarrollo o el familiar», siguiendo las definiciones establecidas por la Recomendación 204 de la Organización Internacional de Trabajo y de la Resolución N° 32/2016 del registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Con la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y los ministros de Trabajo, Desarrollo Social y Economía, Jorge Triaca, Carolina Stanley y Nicolás Dujovne, respectivamente, el decreto faculta a las tres carteras a «dictar toda la normativa complementaria que resulte menester para el cumplimiento de la reglamentación».

Por otra parte, se establece que los tres ministerios y las tres organizaciones consignadas «designarán, respectivamente, un representante titular y un reemplazante, que podrá participar de las reuniones, y en caso de vacancia o imposibilidad del primero, ocupará su lugar» en el mencionado Consejo.