El presidente Alberto Fernández derogó esta semana uno de los decretos más cuestionados de la gestión de Mauricio Macri. El DNU 70/2017 apuntaba directamente contra de los migrantes, ya que con un simple trámite se podía restringir a los extranjeros el ingreso al país o expulsarlos sin más tras la verificación de la existencia de antecedentes penales o de una contravención. Las organizaciones que acompañan al colectivo migrante criticaron desde el primer momento esta normativa por considerarla un retroceso en materia legislativa y por criminalizar a un sector de por sí vulnerable.

El macrismo había avanzado sobre la Ley de Migración N° 25.871 que establecía los derechos y obligaciones de los extranjeros en el país, considerada una ley de vanguardia en el ámbito internacional y de los derechos humanos. Y el DNU 70 entró en sintonía con los debates azuzados por la prensa alineada con el sector más duro y xenófobo de Cambiemos, que desde el principio de su gestión apuntaba a restringir el acceso de los migrantes a derechos básicos como la educación y la salud.

Ahora, el DNU 70 es remplazado por el 138/2021, que aclara que el decreto de Macri tenía aspectos “irreconciliables con nuestra Constitución Nacional y con el sistema internacional de protección de los derechos humanos, entre los que cabe mencionar: la violación al principio del debido proceso, al derecho a contar con asistencia y defensa legal, la restricción a un control amplio y suficiente del Poder Judicial sobre los actos de la autoridad administrativa, la amplitud con la que se prevé la retención preventiva del y de la migrante sin definir las causas que la habilitan, y la restricción a los derechos de reunificación familiar y dispensa por razones humanitarias”.

“En la vida de los migrantes significó una total indefensión ante la arremetida del poder del Estado sin garantizar el debido proceso o la igualdad ante la ley. Cualquier persona migrante, sin importar su tiempo de permanencia ni arraigo, podía ser expulsada del país en plazos sumarísimos de tres días por cualquier tipo de antecedente penal y aun antes de tener condena firme”, explica Gabriela Liguori, titular de la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes (CAREF). “Cualquier delito menor como una infracción a la ley de marcas, o ser detenido en una marcha, participar de una toma de tierras, tener un accidente de tránsito o por delitos cuya pena ya había sido cumplida, podían ser causas de expulsión”.

La directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina, Mariela Belski, se expresa en igual sentido: “No podemos más que celebrar el fin de este decreto, que fue acompañado de discursos xenófobos y discriminatorios por parte de autoridades estatales que buscaban asociar la migración con la delincuencia. Con la excusa de combatir la inseguridad, se pusieron en marcha medidas persecutorias y crueles que llegaron a separar familias enteras, como fue el caso de la expulsión de Vanessa Gómez Cueva”.

Belski se refiere a la joven enfermera peruana que el 1° de febrero de 2019 fue expulsada del país tras haber sido engañada por la Policía Federal que la sacó de su casa, en La Plata, y la llevó a Ezeiza con la excusa de firmar un papel. La obligaron a subirse a un avión a Perú. Vanessa ya había purgado una pena de cuatro años de prisión en una causa por narcotráfico y logró rehacer su vida. El gobierno argentino debió luego rever la medida “por razones excepcionales de índole humanitaria”. Los dos hijos de la mujer, de 6 y 14 años, ambos argentinos, habían sido separados de su madre.

“El Decreto 138/2021 prevé constituir una comisión para evaluar decisiones no vinculantes. No expresa cómo estará conformada, pero sería un acto democrático y de reparación dar lugar a las organizaciones de migrantes en ese espacio, así como a las organizaciones de la sociedad civil que venimos trabajando por sus derechos, denunciando la inconstitucionalidad del DNU 70”, concluye Liguori.

En su momento, organizaciones como CAREF, el CELS y el COPADI habían presentado un amparo colectivo para que se lo declarara nulo. Rechazado en primera instancia, luego la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal concedió el amparo. El gobierno de Macri había apelado la sentencia en 2018, y al día de hoy la Corte Suprema de Justicia no se había definido.

Una gestión que legitimó la persecución xenófoba

“La derogación del DNU 70/2017 fue el resultado de la lucha de todas las colectividades de migrantes”, dice Jackson Jean, presidente de la Comisión de los Referentes Haitianos en Argentina e integrante de Agenda Migrante. La norma, afrima, generó “no solo la legalización de la criminalización de los migrantes por parte del Estado, sino también un instrumento jurídico de persecución legal que dificultó la obtención del DNI y la ciudadanía”.


El colombiano Esteban Trujillo Gaitán, de Estudiantes Migrantes Universidad de Buenos Aires (EsMiUBA), resume que “durante el macrismo se legitimó el discurso de odio poniendo a la población migrante como el chivo expiatorio de todos los problemas de la Argentina. Hubo un ataque sistemático. Se puso en marcha la creación de una cárcel para migrantes; impulsaron un proyecto de ley para privarnos del derecho a la educación y la salud; aumentaron más de un 1000% las tasas migratorias y se endureció el paso fronterizo sobre todo para personas de nuestro continente”.