El juez porteño Roberto Gallardo le puso un freno a una decisión del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que les exigía a los docentes locales que permitieran el acceso a sus datos personales, privados y sensibles en Internet, como condición necesaria para permitirles ejercer sus tareas en escuelas públicas.

El secretario general de la Unión de Trabajadores de la Educación, Eduardo Marcelo López, denunció ante los tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad la implementación de un sistema de registro que obliga a los educadores a «permitir al gobierno de la Ciudad de Buenos Aires obtener datos vinculados a su intimidad», a través del ingreso «a los perfiles de Google (listados de personas en los círculos de Google, información básica del perfil de Google, administración de contactos, fotos y videos de Google) de los trabajadores docentes de la Ciudad».

La invasión a la privacidad, sostiene la denuncia, se puso en marcha en el Ministerio de Educación porteño «a través del nuevo sistema de inscripción online». ¿En qué consiste ese nuevo sistema? Según la denuncia, durante la última semana de julio pasado, «al ingresar al sistema, a los trabajadores les fue anunciado que debían modificar su contraseña en un plazo de cinco días. Al intentar modificarla, los docentes se encontraron con que el sistema les exigía permitir al Ministerio de Educación local conocer respecto del usuario la identidad de Google, ver y administrar la lista de contactos, fotos y videos de Google que cada docente tuviera almacenado en su cuenta personal de Google.Y si el docente rechaza la autorización para que el GCBA conozca estos datos, no puede continuar con el trámite de cambio de contraseña y, por lo tanto, el trabajador no puede acceder al sistema, con los perjuicios que ello acarrea.»

El juez Gallardo dispuso en un fallo que «resultaría muy difícil poder atribuir a la conducta estatal que se pretende neutralizar, otra finalidad que la de invadir el terreno de la intimidad del conjunto afectado a efectos de contar con elementos de información que permitan determinar las conductas del gobierno». En ese contexto, se preguntó: «¿Qué finalidad tendría sino acceder a todo ese conjunto de datos personales de los docentes? ¿Para qué se impondría a los docentes la carga de ‘abrir’ su información personal, como condición necesaria para acceder al único medio disponible para participar de las gestiones concursales y laborales con el GCBA? ¿Sería razonable suponer que el único afán del GCBA fuera el mero acopio de datos, por su sola tenencia y disponibilidad?»

Gallardo no es un juez que le caiga simpático al poder local. Él mismo lo destaca en su resolución, en la que recuerda que fue recusado en 767 expedientes sólo «en lo que va de este gobierno», encabezado por Horacio Rodríguez Larreta, quien asumió el 10 de diciembre de 2015, hace ocho meses.

Gallardo recordó, además, «la existencia previa de situaciones que en el pasado, dentro de la misma cartera educativa, implicaron prácticas de ‘espionaje’ interno, inteligencia o arbitraria intromisión del gobierno en la dinámica estudiantil o docente, que tuvieron en vilo a los estudiantes y maestros, dando origen asimismo a la intervención judicial».

«Los interrogantes que genera esta oscura conducta estatal, serán seguramente develados en el transcurso del proceso judicial que ha dado comienzo. Ello, por cierto, siempre y cuando pueda ser llevado a cabo sin sufrir los entorpecimientos que el GCBA ha establecido como rutina en los casos que considera riesgosos para su imagen o sus particulares proyectos políticos», embistió el juez, en una sorda denuncia sobre la actitud del gobierno porteño respecto del Poder Judicial.

El fallo dispone «ordenar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que, por conducto de quien corresponda, garantice de manera inmediata que el sistema informático que lo vincula con los trabajadores de la educación de la Ciudad no solicite a los docentes ninguna información vinculada con su intimidad para condicionar su acceso. En particular, Suspenda en dicha relación informática la obligación que les exige a los docentes permitir el acceso del Gobierno a la información contenida en el perfil de Google de cada trabajador”.