Las indemnizaciones por despido que perciban ejecutivos de empresas públicas o privadas con sueldos de al menos 160.500 pesos (mayores a 15 veces el Salario, Mínimo, Vital y Móvil) quedarán alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias.

 Así quedó dispuesto en el decreto 976 publicado hoy en el Boletín Oficial. La medida reglamenta un artículo de la reforma tributaria votada por el Congreso Nacional en diciembre de 2017.

El decreto involucra a quienes hayan ocupado o desempeñado cargos “en directorios, consejos, juntas, comisiones ejecutivas o de dirección, órganos societarios asimilables, o posiciones gerenciales que involucren la toma de decisiones o la ejecución de políticas y directivas” en los 12 meses previos a la desvinculación laboral. Y que hayan desempeñado ese cargo de manera “continua o discontinua” en ese mismo período.

La norma votada en diciembre pasado establecía que, en ciertos casos puntuales, las indemnizaciones debían ser gravadas. Sin embargo, hasta ahora el gobierno no había reglamentado la norma votada por el Parlamento que ahora afectará a los salarios más altos.

El decreto publicado hoy también reglamenta la imposición a las rentas obtenidas por la transferencia de inmuebles. La reforma había establecido que todas las propiedades adquiridas a partir de este año tributarán Ganancias en la operación de venta con una alícuota del 15 por ciento. Las operaciones que involucren a la vivienda única del contribuyente quedarán exentas del impuesto.