La presentación del juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, ante la Comisión de Libertad de Expresión generará una andanada de objeciones, cuestionamientos, planteos de nulidad y de prejuzgamiento por parte de todas las defensas de los imputados actuales y potenciales. La inusual presencia de un juez explicando detalles de un expediente por fuera del Poder Judicial parece contradecir -argumentan- un principio básico del Código Procesal Penal: “El sumario será siempre secreto para los extraños”. El artículo 204 determina expresamente que “el sumario será público para las partes y sus defensores”, y si esas partes resuelven darlo a publicidad no hay objeción posible. Pero en este caso el que contó detalles de la causa fue el propio juez, en un giro copernicano en procura de una declamada transparencia.

Las defensas no suscriben esa idea republicanista de informar al Congreso sobre una causa judicial de alto interés público e institucional. Tampoco creen que pueda subsanarse sencillamente la entrega por “error” de un disco informático con información de la causa a la parte querellante. En efecto, el propio juez Alejo Ramos Padilla reconoció que por mesa de entradas se le entregó un soporte informático equivocado a los abogados del productor agropecuario Pedro Etchebest, quien inició la causa. Desde el juzgado explican que el contenido de ese disco es el mismo que fue entregado y que está a disposición de todas las partes, pero los defensores no dejarán pasar la oportunidad de remarcar lo que consideran, cuanto menos, una desprolijidad que podría derivar en nulidades.

El juez Ramos Padilla aún no pudo abrir tres de cuatro discos rígidos secuestrados en el allanamiento a la casa del falso abogado Marcelo D’Alessio. Al exponer en el Congreso, explicó que carece de personal informático especializado y que pese a que pidió que le enviaran especialistas, sólo cuenta con un perito oficial que ni siquiera vive en Dolores. Ante la Comisión de Libertad de Expresión admitió que ocasionalmente lo consulta por teléfono para saber qué programas debe utilizar para leer determinados archivos. Los abogados ven allí una informalidad que consideran inaceptable. Sostienen, en definitiva, que se ha violado la “cadena de custodia” de las pruebas y, en consecuencia, esas pruebas pueden ser nulas. Si en alguna instancia del proceso consiguieran un fallo en ese sentido habrán volteado la causa.

No sería extraño. Ya ocurrió con un peritaje en la denominada “Causa Skanska” hace una década. El expediente permaneció en letargo hasta que cambiaron los tiempos políticos y un nuevo fallo corrigió aquel que había anulado una prueba central por la alteración de la cadena de custodia. El expediente recobró actividad, tuvo procesados y va camino a la instancia de juicio oral y público.

El viernes próximo está prevista la “extracción” de material informático de otros dispositivos secuestrados en los allanamientos. La mirada de los imputados también está atenta a lo que ocurrirá ese día.

Por otra parte, el fiscal federal Carlos Stornelli pidió que el abogado Maximiliano Rusconi sea removido como “querellante” en el expediente. A través de un escrito presentado por su abogado, Roberto Ribas, sostuvo que “no se ha impulsado ni precisado hechos por los cuales el Dr. Rusconi haya sufrido una lesión a sus derechos y/o intereses personales que validen el decisorio de haberlo tenido por actor querellante”.

Ribas apelará en los próximos días el rechazo de Ramos Padilla a la recusación en su contra y a la nulidad de toda la causa. Con ello obligará nuevamente a la Cámara Federal de Mar del Plata a intervenir en la causa. En definitiva, allí está focalizada la expectativa sobre el futuro inmediato de la investigación.

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