Dirigentes bolivianos del MAS-IPSP, el partido del expresidente y candidato a senador, Evo Morales, se adelantaron a la maniobra impugnatoria del gobierno de facto de Jeanine Áñez y presentaron sobre el comienzo del fin de semana una petición ante el presidente del  Tribunal Supremo Electoral, organismo que mañana debería expedirse sobre los cumplimientos o no de los candidatos presentados por cada partido. Según confirmó a Tiempo el excanciller y también aspirante al senado, Diego Pary, los equipos jurídicos del partido realizaron la presentación tomando el suyo como caso testigo, el cual es “aplicable a todos los otros casos”.


Días atrás, luego de conocerse la aceptación de Evo Morales de presentarse a elecciones para representar al distrito de Cochabama en el Senado, anunciaron su intención de impugnar la candidatura con el argumento de que Evo no reside en Bolivia, condición establecida en la Constitución boliviana, ya que se encuentra en la Argentina en carácter de refugiado al igual que Pary y otros dirigentes.

«Vamos a impugnar ese registro porque está claro que Evo Morales no es residente en el país», afirmó el jueves el senador Oscar Ortiz, del partido con que la presidenta de facto se presentará también a elecciones. Ortiz argumentó que la carta magna establece como requisito a los candidatos vivir de forma permanente en la región por la que se postulan al menos los dos años anteriores a la elección. A la vez, el líder cívico de Cochabamba y  también opositor a Evo, Juan Flores, señaló que «según las leyes, él no es ni puede ser candidato, está inhabilitado, porque lo prohíbe la Constitución».

En el documento con fecha de recibido del 7 de febrero y dirigido al titular del TSE, Salvador Romero Balivián, se solicita “desestimar la impugnación” amparándose en el “Derecho Internacional” y en la “Jurisprudencia vinculante del Tribunal Constitucional Plurinacional”. Entre otros argumentos, el texto firmado por el delegado del MAS, Wilfredo Chávez, apunta un fallo del propio TCP de 2018 sobre un caso de impugnación en el que se estableció que “se entiende por residencia permanente en el contexto de los artículos 149, 167, 285.1.1 y 287.1.1 de la Constitución Política del Estado, al último domicilio registrado por el padrón electoral donde desarrolla su proyecto de vida”. En ese sentido se afirma que tal domicilio fue declarado por el candidato, y que “tanto sus derechos y deberes señalados en la Constitución como las actividades que despliega en ejercicio de las libertades propias de su proyecto de vida, sean ejercidas libre y voluntariamente en el lugar donde tiene fijado su domicilio con fines electorales. Excluyendo aquellas que por disposición legal o fuerza mayor deban cumplirse en otro sitio, haciendo intermitente la residencia permanente sin romper el vínculo entre el ciudadano y su territorio”.

Pary aseguró a Tiempo que estas maniobras de impugnación así como las detenciones que se vienen desarrollando contra dirigentes del espacio constituyen “un mecanismo de amedrentamiento del gobierno en su intento de debilitar la fuerza política del MAS”.