El juez que pretende acumular todos los amparos contra la ley que reformó el sistema de actualización de haberes de jubilados, pensionados, veteranos de Malvinas y beneficiarios de planes sociales debería apartarse de la causa. Así, al menos, lo sostiene uno de los abogados-jubilados que presentó una acción de amparo reclamando la inconstitucionalidad de la norma parida bajo la presión del gobierno nacional a las provincias.

En el fuero de la Seguridad Social tramita el expediente 3138932/2017, en el que el abogado jubilado Miguel Ángel Fernández Pastor, exgerente de ANSES, impulsó la inconstitucionalidad de la nueva norma. En otro expediente, pero de 2016, en el que también interviene Fernández Pastor y sobre otra cuestión previsional, el juez subrogante Fernando Strasser le aplicó una sanción administrativa al abogado y además lo denunció ante el Tribunal de Disciplina del Colegio Público, una instancia temida por los letrados porque allí pueden sufrir desde castigos económicos hasta la suspensión de la matrícula y la consecuente imposibilidad de trabajar. La denuncia del juez contra el abogado Fernández Pastor está en pleno trámite y sin resolución todavía.

Fernández Pastor había cuestionado, antes de ahora, la imparcialidad de Strasser, y el juez respondió en el expediente calificando las críticas como «impertinentes» y le impuso «la sanción de prevención para que en lo sucesivo evite efectuar consideraciones como las realizadas contra la autoridad y dignidad del suscripto».
El Código Procesal Civil y Comercial Federal, que aplica en este caso, establece que «serán causas legales de recusación (…) ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito».
Fernández Pastor recusó a Strasser, pero el juez rechazó el planteo y el viernes pasado envió el expediente a la Cámara, para que sea esta la que, en definitiva, resuelva.

El de Fernández Pastor es uno de los pocos planteos individuales de un jubilado en particular contra la nueva ley. A diferencia de lo que suponen los que cacarean con «la industria del juicio», la clase pasiva va poco por tribunales: de un total de más de siete millones de jubilados, sólo 400 mil reclaman por sus salarios. Poco más del 5 por ciento. Hay también allí un aprovechamiento de una situación de hecho: se trata de personas que por su situación no poseen recursos, ni conocimientos, ni fuerzas para trajinar el fárrago de tribunales. También por eso son vulnerables.

Para que prospere una acción que reivindique los derechos vulnerados de los jubilados, debería tener carácter colectivo. Ya se iniciaron al menos dos de ese tipo, con pedidos de medidas cautelares que frenaran la aplicación de la nueva normativa. En ambos casos fueron rechazadas.
La primera acción judicial, antes de que se sancionara la ley, la presentó el abogado previsionalista Christian González D’Alessandro. Como recayó en el juzgado de Strasser –un subrogante que está en la expectativa de ser designado juez definitivo– , la Anses pidió que por haber sido el primero que intervino, todas las causas por el mismo tema le sean asignadas a él. No es una decisión antojadiza; se utiliza generalmente en tribunales para evitar que un reclamo ante el juez «A» salga de una manera y el mismo reclamo pero de otra persona ante el juez «B» tenga resultado contrario. Eso es lo que técnicamente se llama «escándalo jurídico».

Pero también existe el «forum shopping», es decir el mecanismo espurio para «elegir» qué juez intervendrá en un determinado expediente. Los abogados pillos saben cómo utilizarlo. Lo que se desconocía hasta ahora era el «forum shopping institucional», es decir que un organismo de gobierno, en este caso la Anses, pretendiera que todas las demandas en su contra se acumularan en un único juez, y que además ese juez tuviera una precariedad en el cargo cuya solución depende, justamente, del poder político.

«Arteramente, y desnaturalizando la acción de amparo, se pretende que un juez subrogante, que está aguardando su nombramiento, dé curso, como efectivamente dio, a la pretensión del Estado Nacional para que todos los amparos de impugnación de la ley previsional se acumulen en su juzgado (interino)», opinó el constitucionalista Eduardo Barcesat. «¿Es ignorancia del derecho? ¿Es obediencia debida de un aspirante a la judicatura que quiere quedar bien con las autoridades políticas?», se preguntó.

«El juez que va a entender en esto es el ‘Bonadio’ de la Seguridad Social. Está dispuesto a hacerle los deberes del gobierno», desafió el propio Fernández Pastor, en declaraciones a la radio online LED. «El gobierno ejerce una presión tan fuerte con las provincias como con la Justicia. Este es un juez subrogante, tiene su pliego a la firma del presidente de la República, su independencia está absolutamente limitada».
Strasser –que tampoco se pronunció sobre la cautelar solicitada por la CTEP para impedir la sesión en la que se trató la reforma previsional– fue seleccionado por el Consejo de la Magistratura para ocupar un cargo de juez titular en julio pasado. Desde el 13 de octubre, su pliego figura como «magistrado con designación pendiente». Sólo falta el Acuerdo del Senado y la firma del presidente, Mauricio Macri. «