La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que había declarado la prescripción de la causa por la tragedia del Colegio Ecos y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, informó hoy el Centro de Información Judicial (CIJ) en su página web.

En la acordada, el Máximo Tribunal decidió por mayoría dejar sin efecto la resolución de la Corte de Justicia de Santa Fe, que había declarado la extinción de la acción penal por prescripción y revocado la condena del chofer, Oscar Atamañuk, quien había sido considerado como responsable en calidad de autor de varios delitos de homicidio y lesiones por imprudencia.

El siniestro vial ocurrió el 8 de octubre de 2006, cerca del kilómetro 689 de la ruta nacional Nº 11, a 200 kilómetros de la ciudad de Santa Fe. Perdieron la vida doce personas, entre ellas 9 estudiantes y una docente que habían viajado a hacer tareas solidarias a la provincia de Chaco. Además, el accidente dejó casi cuarenta heridos.

El choque frontal ocurrió en el departamento de Vera. Un camionero estaba ebrio, según se comprobó en la investigación, y embistió de frente al micro que trasportaba a los alumnos y alumnas de Ecos. En su momento, el conductor del ómnibus había sido condenado a dos años y medio de prisión de ejecución condicional e inhabilitación para conducir vehículos por cinco años, dado que se lo encontró culpable del delito de homicidio culposo múltiple agravado y lesiones culposas agravadas. Sin embargo, la sentencia no quedó firme y la prescripción posterior dispuesta por la Cámara Penal de Rafaela dejó sin efecto la pena.

La causa contra el chofer del micro tuvo varias etapas: el juez Jorge Galbusera lo absolvió y luego la Cámara de Apelaciones revocó el fallo y volvió a primera instancia. Entonces, el expediente pasó al juez Virgilio Palud, quien dictó una condena contra Oscar Atamañuk de tres años de prisión, pero al no haber indagado al imputado la sentencia fue anulada y la causa volvió a foja cero.

Luego, el juez en lo Penal Jorge Fernández consideró que había concurso ideal de ambas figuras penales y le agregó la inhabilitación para conducir por cinco años, pero Atamañuk siguió en libertad. Posteriormente llegó el fallo de la Corte Suprema de Santa Fe: los jueces Daniel Erbetta, María Angélica Gastaldi, Rafael Gutiérrez y Mario Luis Netri decidieron que no había culpables, ni que nada pasó. Solo el magistrado Roberto Falistocco quiso reabrir la investigación, pero sus compañeros de tribunal lo impidieron.

Ahora, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti hicieron lugar a la queja presentada por familiares de las víctimas: al remitir al dictamen del procurador consideraron que la decisión apelada carece de la adecuada fundamentación que se exige a los pronunciamientos judiciales. De esta manera, la causa volverá a la Justicia santafesina, que deberá reanudar la investigación.