La jueza federal María Romilda Servini le asestó un nuevo golpe a la ley del arrepentido y desnudó una vez más las contradicciones rayanas en la violación de las garantías constitucionales con que amenaza su texto. La resolución abre un debate sobre la validez y aplicación sobre la figura del “imputado colaborador” y ofrece un costado tramposo para buscar nulidades que, en definitiva, terminen en impunidad.

El fallo fue firmado el 28 de febrero (pero permaneció inadvertido hasta ahora) en la causa 16.339/18, caratulada como “Picolotti, Romina s/averiguación de delito”.

Servini resolvió archivar el expediente, en el que un empresario reconoció haber pagado sobornos a funcionarios del área de Medio Ambiente durante la gestión de Picolotti.

Se trata del empresario de la constructora Decavial Miguel Marcelino Aznar, quien declaró como “arrepentido” en la Causa Cuadernos.

El difunto juez Claudio Bonadio lo aceptó en la investigación que se disparó con las anotaciones del chofer Oscar Centeno, pero lo denunció por la obra de ampliación de la planta depuradora de efluentes cloacales Sudoeste, en el partido de La Matanza. Ese hecho nada tenía que ver con Cuadernos, pero en la vorágine del arrepentimiento, el imputado lo describió.

En resumen, Aznar confesó para zafar en Cuadernos y terminó acorralado en otro expediente. “Pudo haber mediado una suerte de posible ‘auto incriminación latente sobreviniente’ que impide continuar avanzando con esta investigación sin antes ratificar el acuerdo de colaboración celebrado en su momento o realizar uno nuevo similar”, advirtió Servini.

La jueza archivó la causa por “imposibilidad de proceder”. Si hubo, efectivamente, un pago de sobornos por la obra medioambiental, quedará impune por culpa de la ley del arrepentido.

«El imputado nunca podía obtener beneficio alguno al auto incriminarse como lo hizo; por contrario, a raíz de ello se formó la presente causa que lo tiene como uno de sus principales imputados», subrayó Servini.

¿Por qué se llegó a esa instancia, ciertamente contradictoria? Servini describió a lo largo de 16 páginas –a las que accedió Tiempo- buena parte de las contradicciones que tiene la ley. Y sugirió una revisión integral con un equipo multidisciplinario y federal para evitar nuevos trastornos a futuro.

Pero en este caso, actual, cerró la investigación.

«No puede afirmarse en forma rotunda que la decisión de auto incriminarse con respecto a los hechos concretos investigados en este legajo hubiera sido adoptada en forma plenamente libre”.

Aznar pudo haber confesado un delito pensando que obtendría un beneficio y, en cambio, padeció una nueva acusación, que antes no existía. Nadie, ni Bonadio, ni el fiscal que interviene en Cuadernos, Carlos Stornelli, le avisaron de esa situación.

“La necesidad de integrar la ley del arrepentido en el proceso regulado por el Código Procesal Penal plantea que el fiscal interviniente deba llegar a un acuerdo de colaboración con el imputado y que éste debe aportar toda la información que posea con relación a los hechos que se le imputan y conexos. Pero la única vía que el Código Procesal establece para que el imputado se expida ante el juez es la declaración indagatoria, donde no se le  pide promesa de decir verdad, eximiéndolo así de responsabilidades si en su descargo falta  al verdad, lo que es incompatible con la ley del arrepentido que establece una figura penal específica para este tipo de supuestos, y que posee una pena máxima de diez años de prisión».

Dicho de otro modo: Aznar confesó con obligación de decir la verdad en Cuadernos. Pero admitió un delito que no estaba contemplado en ese expediente. Entonces debía ser llamado a indagatoria en otro juzgado. Y en la indagatoria no tiene obligación de decir la verdad.

En un expediente confesó un delito y en la causa abierta por esa confesión debía negarlo para defenderse o reconocerlo y exponerse a otra condena. Un disparate.

El 28 de agosto de 2018, cuando la Causa Cuadernos cocinaba arrepentidos en ollas a presión, Aznar reconoció haber pagado sobornos al ex titular de Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI) Claudio Uberti. Pero dijo que, además, Decavial SA. “Se vio forzada” a efectuar pagos ilegales por la obra de La Matanza «para evitar problemas futuros en los contratos».

Bonadio entendió que ese hecho no tenía que ver con su causa. Y resolvió “extraer testimonios” (impulsar una nueva causa) para que otro juez investigara ese hecho. La jueza Servini resolvió la causa por sorteo. Y la cerró.

«La situación del imputado arrepentido tampoco puede ser canalizada a través de una declaración testimonial pues no se trata de un tercero ajeno al proceso sino de alguien que se encuentra negociando una rebaja en la pena que recibirá a cambio de aportar información vital sobre sus cómplices».  «