Desde el submarino ARA San Juan existió, la noche previa a su desaparición, una supuesta llamada de emergencia al teléfono celular particular del capitán de Fragata  Hugo Miguel Correa, jefe de Operaciones y Guerra Acústica del Comando de la Fuerza de Submarinos de la Armada. Esa comunicación, por cierto extraña, no había sido reportada como novedad hasta que la jueza federal de Caleta Olivia, Marta Yáñez, la detectó y puso la lupa sobre ella. 

Varios interrogantes la mueven: ¿fue un intento desesperado de hablar con alguien con mando porque los canales habituales de comunicación estaban cortados? ¿Las comunicaciones entre las bases –submarino y tierra– no funcionaron? ¿Qué tenía que comunicar el submarino con tamaña urgencia que decidiera violar la restricción de llamados desde su celular satelital a celulares particulares?

El submarino estaba conectado a la base terrestre por una línea de comunicaciones de la Armada que se desarrolla por vía satelital. La comunicación desde el teléfono satelital del submarino (una vía alternativa) al celular de Correa se produjo, según los registros de las llamadas provistos por la empresa de telefonía satelital Iridium, el 14 de noviembre en torno de las 23 horas.

El listado muestra una monotonía de números: la base en tierra, los celulares oficiales, conexiones de «datos» (Internet). Pero de pronto aparece un número particular, el de Correa, con una comunicación de seis minutos. Correa estaba citado para declarar como testigo el 18 de abril pasado, pero la jueza suspendió esa audiencia y no fijó nueva fecha. Sin embargo, ordenó otras 12 testimoniales. En las causas penales se declara como testigo o como imputado. ¿Qué pasó con Correa?

Las comunicaciones desde el submarino no pueden realizarse desde las profundidades. Es necesario subir a superficie para que funcione la antena. Subir la nave a «plano 17», casi sin profundidad, para sacar el periscopio. Si hubo una necesidad imperiosa de comunicación probablemente haya habido más de una subida a superficie, en medio de un temporal mar adentro. ¿Contribuyó eso a que entrara agua a la nave a través del periscopio y dañara definitivamente las baterías?

Tiempo Argentino informó días atrás que la jueza Yáñez había pedido a la empresa de telefonía celular Claro que informara si en el contexto temporal de la desaparición del submarino ARA San Juan, los días 14 y 15 de noviembre de 2017, la Armada tenía servicio de Internet. ¿Ese pedido tiene algo que ver con las supuestas dificultades de comunicación entre el submarino y la base terrestre? «Una de las hipótesis que comienza a tomar cuerpo entre los familiares de las víctimas es que el submarino pudo haberse quedado incomunicado en un escenario de emergencia, tal vez asociado a una falla mecánica o a otra circunstancia aún no esclarecida», sostenía aquel artículo.

La investigación judicial insiste en determinar si el submarino estuvo o atravesó zona restringida en el área Malvinas. Días atrás, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, presentó su informe periódico al Congreso y, ante una pregunta específica sobre si se había informado de la última misión de la nave a las fuerzas militares británicas en el archipiélago austral, la respuesta fue:  »El comandante de las fuerzas militares de Malvinas no fue informado sobre la misión del ARA San Juan y su área de patrulla porque no existe ninguna obligación de informar las actividades que realizó en la operación en la cual se produjo su desaparición». Según el Tratado de Madrid, firmado por el gobierno de Carlos Menem con Gran Bretaña, naves argentinas no podían navegar en esa zona sin previamente dar aviso a las autoridades inglesas.

La respuesta de Peña parece una exégesis del Anexo I del Tratado de Madrid, en lo que se refiere a «Información Recíproca sobre Movimientos Militares». Allí se establece la obligación de informar, con 25 días de anticipación, los movimientos de fuerzas compuestas por cuatro o más buques o aviones, entre 500 y 1000 hombres, en un área determinada en torno a Malvinas. Hasta allí no surge «obligación». Pero poco más adelante el documento establece que «las Partes se notificarán recíprocamente –con una anticipación mínima de 48 horas– la identificación, el rumbo previsto y el propósito de los buques o de las aeronaves que prevean acercarse a menos de 50 millas náuticas por mar o de 70 millas náuticas por aire de las costas. Cuando un movimiento de los contemplados en este punto vaya a ser efectuado por unidades de combate y causara dificultades políticas o militares al gobierno de la Argentina o al del Reino Unido, esta circunstancia será informada inmediatamente a la Parte que ha notificado y será necesario el acuerdo mutuo para llevarlo a cabo». La investigación judicial se orienta a determinar si la Argentina violó el Tratado y, en ese caso, si esa circunstancia tuvo alguna relación con el hundimiento del ARA San Juan. «