Los abogados de Cristina Fernández de Kirchner insistieron ante la Cámara Federal de Casación Penal con el apartamiento de la jueza María Eugenia Capuchetti de la investigación por el intento de magnicidio contra la vicepresidenta argumentando: «No hace nada y obstaculiza lo que hacemos las demás partes».

«La jueza Capuchetti ni investiga ni decide de acuerdo con derecho. No hace nada y obstaculiza lo que hacemos las demás partes. Apartarla es la única forma de encaminar este proceso y de descubrir la verdad. (…) Es claro que su actitud perjudicó los derechos de Cristina Fernández de Kirchner a que se averigüe la verdad y los de todos los argentinos que queremos una explicación de uno de los actos más graves sucedidos en democracia», sostiene el escrito.

Los abogados José Ubeira y Marcos Aldazábal consideraron, en ese contexto: «Es absolutamente evidente que estamos ante una causa que supera por mucho a la jueza».

«No solo no investiga, sino que no conoce el derecho que debe aplicar. (…) Estamos ante una magistrada que ha causado la pérdida de pruebas, que no realiza medidas básicas y que tarda semanas en hacer medidas que debería tomar en horas», subrayó el documento.

El escrito denunció «el descalabro procesal al que la jueza llevó al expediente» y resaltó que «la única forma de tratar de salvar el éxito de la investigación es a través de la recusación de Capuchetti».

«El necesario apartamiento de la jueza no responde a una causal específica, sino a un cúmulo de situaciones. No estamos ante una causal sobreviniente, sino ante una tramitación catastrófica que solo puede ser salvada si Capuchetti deja de ser la jueza a cargo de la causa», insistieron los abogados.

Ubeira y Aldazábal rechazaron los argumentos de la propia jueza y de la Cámara Federal, quienes sostuvieron que los planteos recusatorios no se basaron sobre cuestiones contempladas en el Código Procesal.

«Sería un error análogo a condicionar el apartamiento de la jueza a la existencia de una de las causales del Código y no admitir a la falta de imparcialidad como causal genérica. (…) Lo hecho hasta aquí por Capuchetti no puede superar ningún test de imparcialidad», replicaron.

Los abogados citaron jurisprudencia reciente: un fallo de la Casación que «declaró admisible un recurso dirigido a la recusación de una jueza que no había seguido las líneas de investigación que surgían de la prueba de una causa a su cargo».

«La permanencia de la magistrada en la causa fue interpretada como un perjuicio de imposible reparación ulterior y el recurso de casación fue admitido formalmente», evocaron.

En el caso del intento de magnicidio, «la jueza de instrucción no cumplió con el más mínimo estándar de imparcialidad. Eso llevó, también, a que estemos ante un caso de generación de un gravamen de imposible o tardía reparación ulterior. Las decisiones de la jueza tendieron a obstaculizar la investigación y hasta llevaron a la pérdida de pruebas imprescindibles para el descubrimiento de la verdad», embistieron los querellantes.

En ese sentido, denunciaron que «la falta de debida diligencia de la jueza se perdieron pruebas centrales para la investigación», como por ejemplo la contenida en los teléfonos celulares de dos asesoras del diputado Gerardo Milman y de Hernán Carrol, el youtuber al que el imputado Fernando Sabag Montiel le encargó que le consiguiera un abogado.

Ubeira y Aldazábal también advirtieron sobre las demoras en la detención de la imputada Brenda Uliarte: «Que una persona sospechada de un delito que tenía en vilo al país se escape de una casa que tiene una sola puerta y donde había policías no puede ser producto de un error».

Allí enfocaron las sospechas a la Policía Federal, puesto que –elucubraron- «dejarla ir solo pudo haber sido voluntario. Pero la jueza nada hizo por deslindar responsabilidades. Si fue cómplice o solo busca encubrir es algo que todavía no sabemos».

«Lo que sí sabemos es que dedicó un legajo entero a investigar a la custodia de Cristina Fernández de Kirchner, pero no movió un dedo para investigar a la PFA. Su explicación ante esta situación es la última pincelada de esta obra de terror. Capuchetti afirmó que todavía no había investigado penalmente la PFA porque estaba a la espera de los sumarios internos de la fuerza. Este argumento es inaudito. Nunca la actividad judicial penal puede depender del resultado del derecho administrativo sancionador. Y menos si el que lo aplica es el propio investigado».

El escrito señaló, como paradoja, que «si se siguiera la línea de Capuchetti sería aceptable que ante un caso de gatillo fácil un juez detenga el ejercicio de la acción penal hasta que la comisaría en la que trabaja el propio policía defina si considera que lo sucedido estuvo bien o mal».