Causa Acindar: víctimas y organismos reclaman por la trasmisión del juicio

Por: Gerardo Aranguren

Cuestionaron la decisión del tribunal de dar marcha atrás con la posibilidad de seguir en vivo las audiencias del histórico debate por crímenes de lesa humanidad en Villa Constitución.

A pocos días de que comiencen las declaraciones testimoniales de sobrevivientes del terrorismo de Estado y familiares en el juicio Acindar por crímenes cometidos en Villa Constitución en 1975, el Tribunal Oral Federal 1 de Rosario decidió dar marcha atrás con el permiso para trasmitir en vivo las audiencias del debate a través de Youtube.

La decisión de los jueces Germán Sutter Scheneider, Ricardo Vásquez y Otmar Paulucci cayó muy mal entre víctimas y organizaciones que vienen apoyando el inicio del debate y que la consideraron como un “viraje inesperado que atenta contra la publicidad del juicio”. La fiscalía y las querellas también cuestionaron la resolución y presentaron un pedido para que sea revisada.

“Es una grave decisión que marca el cambio de época, ya que debemos recordar que hace solo algunos meses el tribunal dispuso su total publicidad y transmisión en vivo”, cuestionaron en un comunicado firmado por organismos de derechos humanos, sobrevivientes y organizaciones sociales, políticas y sindicales.

Señalaron que este cambio sorpresivo del TOF 1 de Rosario es “una señal de procurar olvido y revictimizando a sobrevivientes y familiares de terrorismo de Estado” ya que impide “a la sociedad de Villa Constitución y de Argentina conocer los graves crímenes de lesa humanidad cometidos en esa localidad 1975 que tienen a la empresa Acindar como actor del genocidio represivo mediante homicidios, secuestros y torturas”.

“Como organizaciones políticas, sindicales y sociales repudiamos este viraje inesperado y arbitrario que atenta contra la publicidad y difusión de estos juicios tan importantes en la construcción de la memoria histórica de nuestro país”, sostuvieron y exigieron a los jueces que revean y modifiquen esta postura.

El comunicado fue firmado por dirigentes de APDH y de la UOM de Villa Constitución, organizaciones que participan como querellantes en el juicio, junto a sobrevivientes y miembros de AMSAFE, CTERA, CTA y legisladores, entre otros.

El juicio arrancó a comienzos de noviembre y, luego de la lectura de las acusaciones y de las indagatorias a los 22 acusados, el próximo lunes ya comienza con la etapa de declaraciones testimoniales para las que el Tribunal se desplazará hasta la localidad de Villa Constitución, donde ocurrieron los hechos casi 50 años atrás.

El debate aborda la represión ilegal llevada adelante a partir de marzo de 1975 en Villa Constitución contra la UOM local y los trabajadores metalúrgicos de Acindar, en ese momento presidida por José Alfredo Martínez de Hoz, luego ministro de Economía de la dictadura.

Están imputados 20 ex miembros del Ejército y de fuerzas de seguridad y dos civiles: Roberto Pellegrini, entonces jefe de relaciones laborales de Acindar, y Oscar Torralvo, personal jerárquico de la empresa.

Están acusados por los crímenes cometidos contra 67 personas, que fueron víctimas de secuestros y tormentos y algunas de ellas asesinadas o desaparecidas. Las víctimas fueron trabajadores, referentes sindicales, abogados laboralistas, familiares y vecinos de Villa Constitución que habían respaldado esa lucha sindical de la UOM local y de los trabajadores metalúrgicos durante lo que se conoció como el “Villazo” de 1974.

Acindar tuvo un rol central en la represión desatada a partir de 1975. En la planta se montó un centro clandestino de detención conocido como “Albergue de Solteros”, aportó vehículos, pagó sobresueldos y alojó al personal de fuerzas represivas; facilitó el ingreso a la fábrica de los grupos de tareas y entregó los legajos y fotos de muchos de los perseguidos.

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El principio de publicidad en los juicios orales y el acceso a los medios de comunicación está garantizado por el Código Procesal Penal y por acordadas de la Corte Suprema de Justicia y de la Cámara Federal de Casación Penal que establecen criterios específicos para limitar ese derecho en casos en que se viera comprometida la intimidad o seguridad de una persona.

Los tribunales suelen alegar que los testigos pueden «contaminarse» si escuchan otros testimonios, algo que pierde sentido en estos juicios, en los

s una realidad histórica que pasaron más de 48 años de ocurridos los hechos y fueron las propias víctimas junto a los
organismos quienes realizaron la reconstrucción histórica.

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