El proyecto que ya cuenta con la media sanción del Senado será tratado en una sesión especial que se llevará a cabo a partir de las 11.

En principio, la sesión iba a estar dedicada solo al proyecto de financiamiento político, pero este martes se amplió el temario y se incorporó otro proyecto, de los diputados mendocinos José Luis Ramón y Pedro Miranda, sobre “ley de acceso a la justicia colectiva”.

La iniciativa sobre financiamiento de los partidos debe ser aprobada por mayoría absoluta ya que legisla en materia electoral. Esto quiere decir que el oficialismo, principal impulsor del texto, deberá conseguir como mínimo 129 votos.  Cambiemos espera superar los 150.

A la hora de la votación en general se espera que  el oficialismo cuente con el apoyo de Argentina Federal y del Frente Renovador: Por su parte, el Frente para la Victoria-PJ no aportará al quórum este miércoles y votará en contra del proyecto.

Dentro de la coalición oficialista, la Coalición Cívica también acompañará en general, pero votaría en contra del artículo que permite los aportes privados a las campañas, debido a una posición histórica del partido de Elisa Carrió.

Uno de los objetivos principales del proyecto, motivado por la causa de los aportantes truchos de Cambiemos en la provincia de Buenos Aires, es la bancarización de los aportes de campaña. El donante deberá acreditar su identidad, y los bancos o administradoras de tarjetas de crédito o débito deberán informar al partido beneficiario quién fue el aportante.

A su vez, las personas jurídicas podrán, a partir de esta ley, aportar a las campañas, con un tope del 2% de los gastos autorizados. No podrán donar los entes centralizados y descentralizados de los tres niveles del Estado; personas que exploten juegos de azar; ni contratistas de obras públicas, entre otros casos.

En la sesión también se tratará un proyecto de ley que “regula los procesos judiciales para la tutela de los derechos de incidencia colectiva indivisibles interjurisdiccionales o para la tutela de derechos de incidencia colectiva individuales homogéneos con efectos en más de una jurisdicción, sea que tramiten ante la justicia ordinaria provincial o nacional o ante la justicia nacional federal”.