La Suprema Corte bonaerense prepara un fallo que dejará sin efecto el hábeas corpus colectivo que posibilitaba la prisión domiciliaria para presos hacinados en cárceles bonaerenses. Pero al mismo tiempo reconocerá que existe una situación de hacinamiento que amenaza con explotar y dispondrá que cada caso sea decidido individualmente por un juez de primera instancia. Dicho de otro modo: ante el riesgo de contagio de coronavirus, cada detenido deberá gestionar su propia morigeración del encierro. Ya no habrá un paraguas que los cobije de a cientos. Durante todo el fin de semana los jueces de la Suprema Corte bonaerense le dieron forma a un fallo que saldrá entre mañana y el martes y que permitirá que cada quien lo interprete como mejor le parezca.

La discusión tuvo más coincidencias que discrepancias: la superpoblación carcelaria es real y requiere una solución de fondo. El coronavirus potenció esa situación y la transformó en urgente. La Organización Mundial de la Salud (OMS) y los organismos internacionales de derechos– coinciden los jueces Daniel Soria, Luis Genoud, Eduardo Pettigiani, Hilda Kogan, Sergio Torres y Eduardo de Lázzari– aciertan cuando advierten que las cárceles superpobladas son un caldo de cultivo potencial de una crisis humanitaria. Pero, entienden los cortesanos bonaerenses, la solución no puede ser una concesión masiva de prisiones domiciliarias (el hábeas corpus colectivo El juez Violini habilitó un hábeas corpus colectivo pero estableció restricciones por gravedad de delitos. A favor de su posición se pronunciaron el CELS y la CPM. que firmó el juez de la Cámara de Casación Víctor Violini hablaba de eso y no de libertades a granel). El abanico de posibilidades que la Suprema Corte tiene para resolver no es muy amplio. El tribunal recibió el aporte como amicus curiae (amigos del tribunal, terceros que no forman parte del expediente pero realizan aportes para un mejor fallo) del Centro de Estudios Sociales (Cels) y la Comisión Provincial por la Memoria, el organismo que preside el premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel, a favor de la ratificación del fallo de Violini. Al igual que el defensor oficial ante el Tribunal, Mario Coriolano.

La Usina de Justicia y otras organizaciones defensoras de los derechos de las víctimas reclaman, en cambio, que la resolución sea revocada. Al igual que el procurador general bonaerense, Julio Conte Grand. Su postura es, también, descomprimir las cárceles. Pero el fallo de Violini alude críticamente a su gestión. Eso, más el clima de efervescencia artificial en un sector de la sociedad y el sonido de las cacerolas, desembocó en una precisión de un dictamen que a mediados de marzo había abierto el debate sobre la situación en los penales bonaerenses. El fallo, cuya redacción se está todavía perfeccionando, apuntará más a la forma que al fondo.

El juez Violini resolvió de manera colectiva sobre la situación de detenidos que tienen, cada uno, una situación diferente. Ergo, no hay colectivo. Entonces, no habrá un cuestionamiento sobre el fondo de la decisión sino sobre la forma en que fue tramitada la acción judicial. Aun reconociendo la situación crítica en los penales provinciales, los jueces de la Suprema Corte coinciden en que el fallo de Casación (firmado sólo con Violini pero inicialmente con acuerdo de sus pares, algunos de los cuales ahora buscan despegarse) debió haberlo rechazado. ¿Eso significa que los que obtuvieron la prisión domiciliaria volverán a los penales? Lo más probable es que el fallo disponga una intimación a cada uno a presentarse ante las autoridades. Y, como consecuencia de la resolución, su situación deberá ser nuevamente analizada por un juez de primera instancia. Todo indica que mientras eso sucede volverán a sus celdas, pero esa es una decisión privativa de cada caso. Las domiciliarias concedidas hasta ahora fueron firmadas por jueces de primera instancia en el marco de la vigencia del fallo Violini. 

Sin este fallo, esos mismos jueces deberán revisar sus propias decisiones. Es decir que técnicamente hay tantas posibilidades de que vuelvan a la cárcel como de que permanezcan en sus casas hasta que pase la pandemia. El otro punto conflictivo del fallo de Violini es la caracterización de “delitos leves”. Una amenaza de una expareja con capacidad de infundir terror en su excónyuge y sus hijos podría tener una pena de dos años de prisión, es decir una pena “leve”. ¿Pero eso es un delito leve o la antesala de un femicidio? El fallo que redacta la Suprema Corte también dirá algo sobre eso. «