“Las prácticas ilegales que se ventilan en esta resolución nos remontan a las épocas más oscuras de nuestro país”. El juez federal subrogante de Dolores Martín Bava procesó sin prisión preventiva al ex presidente Mauricio Macri por el espionaje ilegal a familiares del submarino ARA San Juan. Fue él, según el juez, quien consintió esas prácticas ilegales que obedecieron a un “cambio de paradigma” en la estrategia de seguridad e inteligencia de la Argentina de Cambiemos. “La tarea que llevaba adelante la AFI era espiar y después analizar si había un delito”.

Esa lógica, según el magistrado, lleva a un principio oscurantista propio de otros tiempos: todos somos sospechosos de algo. “Sostener que no debe haber una hipótesis de riesgo de la seguridad interior para la producción de inteligencia, nos coloca a  todos como potenciales objetivos de una investigación ‘preventiva’ de los servicios secretos”.

El fallo, de unas 170 páginas, describe que Macri se benefició directamente de esa inteligencia ilegal, que consistía en esencia en averiguar qué pasaba por las cabezas, los corazones y las almas (todos maltrechos) de los familiares de las víctimas del hundimiento.

“Desde los informes en los que se le adelantan al imputado cuáles iban a ser los reclamos que los familiares de los 44 tripulantes, hasta aquellos en los que se relevaban las manifestaciones que el colectivo de familiares realizaba en Mar del Plata. En todos esos documentos se ve la matriz ideológica y la causa motivacional que llevó a la AFI a producir esa información”.

Para el juez, “esa política de inteligencia respondió directamente a los designios del imputado en su calidad de Presidente de la Nación”. La ley indica que es él quien encabeza la inteligencia nacional. Hasta el diputado oficialista Cristian Ritondo lo reconoció así, según se desprende de la resolución.

“Ritondo expresó que el Presidente tiene dentro de sus facultades ‘la ejecución de los programas y presupuestos de inteligencia inscriptos en el Plan de Inteligencia Nacional; y, (la interventora de la AFI, Cristina) Caamaño refirió que ‘el Plan de Inteligencia Nacional deriva de los lineamientos estratégicos fijados por el Presidente de la Nación, en el marco de la Política de Inteligencia nacional”.

Para el juez Bava “ha quedado demostrado como la AFI investigó ininterrumpidamente durante un año a los familiares de los tripulantes del ARA San Juan y que todo ello respondió al interés del imputado” Macri.

“El gobierno que el imputado encabezaba espió ilegítimamente a los protagonistas de una de las mayores tragedias que se vivió en su gestión. Ello se hizo, entre otras cosas, con el objetivo de anticiparle a Mauricio Macri cuáles eran los movimientos y los reclamos que existían en ese colectivo de familiares”.

La Ley de Inteligencia fue pensada para proteger la seguridad de la Nación. ¿Qué seguridad pudieron haber comprometido las viudas, esposas, madres y padres, novias y amigos de los 44 marineros muertos cuando reclamaban información sobre qué había pasado con sus seres queridos? ¿Qué peligro representaban?

“Es clara la afectación a los derechos de privacidad e intimidad de las víctimas en esta causa. El derecho a la privacidad es absoluto y no puede ser cercenado por ninguna intervención estatal, salvo que se encuentre en riesgo el propio individuo o terceras personas, algo que de ninguna manera ocurrió en los legítimos reclamos llevados a cabo por los familiares de los tripulantes del ARA San Juan”, remarcó el juez.

“Las acciones llevadas adelante contra los familiares de los 44 tripulantes del ARA San Juan, así como también las referidas a los familiares del buque Rigel y del buque El Repunte, se fundamentan en viejas concepciones, hoy manifiestamente ilegales, en las que el objetivo de la inteligencia estatal vuelve a recaer en actividades que hacen al funcionamiento de nuestro sistema democrático, como son las manifestaciones sociales o los reclamos de justicia de diferentes colectivos de la sociedad y el derecho constitucional a peticionar a las autoridades”, advirtió.

Bava llegó a la conclusión, después de analizar todas las circunstancias que rodearon al espionaje a las víctimas del ARA San Juan, que “Mauricio Macri, desde su cargo de Presidente de la República Argentina, no pudo ser ajeno a los hechos que se le imputan.  Lejos de ello, la propia de inteligencia pone al imputado en rol de establecer los lineamientos generales y la conducción política de todo el sistema de inteligencia, mediante el cual se desarrollaron las acciones ilegales investigadas en autos, en particular, el espionaje de los familiares de los tripulantes del submarino ARA San Juan”.

Macri fue procesado por “el delito de realización de acciones de inteligencia prohibidas en carácter de autor, en virtud de haber posibilitado la producción de tareas de inteligencia ilegal, generado las condiciones para que se pudieran llevar a cabo, almacenado y utilizado datos sobre personas, por el solo hecho de sus acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales o comunitarias, y por la actividad lícita que desarrollaban”.

 Además, el magistrado le reprochó a Macri  “haber pretendido influir en la situación institucional y política del país, en la vida interna de los partidos políticos, en asociaciones y agrupaciones legales de cualquier tipo y en las personas”.

 Bava también procesó al exmandatario por “abuso de autoridad de funcionario público en carácter de autor”.

 Como medida adicional, volvió a prohibir la salida del país del expresidente, “sin perjuicio que el imputado se encuentra fuera del país en este momento, la medida comenzará a regir a partir de su reingreso a la República Argentina”.

 También le trabó un embargo al por cien millones de pesos y le impuso como “reglas de conducta” que “no podrá ausentarse de su lugar habitual de residencia por un término mayor a los diez días sin previo aviso al tribunal”.

Y “deberá dar aviso por sí o por intermedio de su abogado defensor de cualquier cambio de domicilio, como así también deberá dar aviso y requerir previa autorización para efectuar cualquier viaje al exterior del país”.

Bava justificó su afirmación sobre un “cambio de paradigma” en la inteligencia nacional en la derogación del Decreto 1311/2015, que fue “propicia para que todas las acciones de espionaje ilegal que aquí se ventilan pudieran llevarse a cabo sin mayores controles de legalidad”.

La ex vicedirectora de la AFI Silvia Majdalani declaró –según citó el juez- que “la tarea que llevaba adelante la Agencia era espiar y después analizar si había un delito”.

“De esta manera invierte la lógica de la manda legal y se asienta en un cambio de paradigma.  La interpretación de que lo ocurrido es ilegal no es una interpretación caprichosa que el suscripto pueda tener sobre el asunto, sino que es una mirada del servicio de inteligencia armónica con todos los principios constitucionales y de Derechos Humanos a los cuales nos hemos obligado como Estado a respetar, proteger y garantizar”.