El Gobierno le quitó la Reparación Histórica a una jubilada de 93 años de edad y postrada en una cama porque no renunció expresamente a un juicio que le tiene ganado a la ANSES por más de un millón de pesos, que está parado en la Corte Suprema desde hace casi dos años.

La mujer venía percibiendo la Reparación Histórica por una cláusula especial de la ley que permite en casos de edad avanzada o enfermedades terminales simplificar los trámites para acceder a ese pago, a condición de que en un plazo de seis meses renuncie al juicio previsional por reajuste de haberes. Si no lo hace, el Estado queda facultado para dejar de “reparar históricamente” su propio y reconocido error en la liquidación.

La nonagenaria (cuya identidad Tiempo mantendrá en reserva) inició el juicio previsional en 2012, lo ganó en primera instancia en 2014, la Cámara Federal de la Previsión Social confirmó la sentencia en 2016, pero en 2017 la ANSES, en lugar de pagar, apeló ante la Corte mediante un “recurso de queja” y consiguió que desde mayo de ese año el expediente esté a la espera de una resolución definitiva.

¿Qué fue lo que apeló la ANSES? El fallo declaró inconstitucional un artículo de la ley que establece los montos máximos que puede percibir un jubilado y pidió. Además, pretende que la anciana pague Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes.

La nonagenaria comenzó a percibir la Reparación Histórica en setiembre de 2017. Cobraba más por ese rubro que por la jubilación propiamente dicha, lo cual da una idea del desfase entre lo que percibía y lo que debía percibir. El decreto que reglamentó la ley de Reparación Histórica estableció que la ANSES podía realizar “procedimientos abreviados para aquellos beneficiarios que requieran una solución con mayor urgencia”. Y estableció una condición: “una vez efectuado el reajuste, el titular del beneficio deberá presentar su consentimiento dentro de los seis meses contados a partir del primer día del mes posterior al reajuste. En caso de que el titular al vencimiento del plazo no haya prestado la conformidad con la propuesta de acuerdo, se establece la facultad del organismo de dejar sin efecto la recomposición”.

Dicho de otra manera: el Estado reconoce un derecho del jubilado, pero condiciona su cumplimiento a que el jubilado renuncie a ese derecho. La anciana cuestionó ante los Tribunales que la propuesta efectuada por ANSES “implicaría tener que desistir de la presente acción judicial, lo que le produciría un grave perjuicio ya que el derecho reclamado tiene mayor alcance que el reconocido por la accionada”.

Los números hablan. En concepto de jubilación, la abuela percibe 30.553,65 pesos; por reparación histórica, 32.723,57. Es más lo que se le debía que lo que estaba cobrando o, dicho de otro modo, el Estado se estaba quedando por lo menos con la mitad de sus haberes. Hay más: en ese escenario, la “reparación histórica” le exige, como condición para seguir pagándole, que renuncie a un juicio que ya ganó en dos instancias, por 1.192.629,77 pesos. Como recurrió ante la Corte y no pagó, un tribunal embargó a ANSES por ese monto. Se trata de un cálculo inicial y estimativo; cuando finalmente salga el fallo de la Corte deberá actualizarse y aplicársele intereses correspondientes a 2018, un año en que la inflación trepó casi hasta el 50 por ciento.

La jubilada recibió, con todo, una buena noticia del Poder Judicial. La Sala de Feria de la Cámara de la Seguridad Social le concedió una medida cautelar mediante la cual obliga al Estado a continuar pagándole la Reparación Histórica hasta que salga el fallo de la Corte. La resolución fue firmada por los camaristas Ariana Lucas, Victoria Pérez Tognola y Néstor Fasciolo. “Admitir la regresividad del haber previsional por el mero vencimiento del plazo para aceptar el acuerdo de reparación histórica -ya de por sí gravemente depreciado con relación a los salarios de actividad- consagraría la regresividad de los derechos”.-

El decreto que reglamentó la ley de Reparación Histórica sostenía, casi como una paradoja, que “hay una gran cantidad de jubilados que se encuentran en situaciones de gran vulnerabilidad, como ser, aquellos de mayor edad, los que padecen una enfermedad grave, y los que perciben haberes de menores montos. Que por dichos motivos, y por el riesgo que implicaría prolongar el reajuste de sus haberes, dichos jubilados requieren una solución con la mayor urgencia posible”.