La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ratificó la compatibilidad de la Convención Americana con los proyectos de despenalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (I.V.E.) que se debaten en el Congreso. “La Corte Interamericana de Derechos humanos, órgano encargado de interpretar la letra de la Convención, ha establecido que no es admisible otorgar la condición de persona al embrión”, sentenció el organismo internacional.

La CIHD se pronunció a pedido del diputado Daniel Lipovetzky, que presidió el plenario de comisiones en donde muchos expositores del mundo de las leyes intentaron argumentar en contra del derecho a interrumpir el embarazo al argumentar que la ley no sería constitucional. “Se decía que la despenalización del aborto violaba la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y por eso era inconstitucional. Ha quedado claro que no lo es. La propia Comisión lo ha ratificado con el informe que nos ha brindado en base a mi pedido”, declaró Lipovetzky. 

“La Comisión Interamericana de Derechos Humanos reconoce que la Corte Interamericana de Derechos Humano ha dicho “toda persona tiene derecho a que se respete su vida […] y este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción […]. La Corte Interamericana de Derechos humanos, órgano encargado de interpretar la letra de la Convención, ha establecido que no es admisible otorgar la condición de persona al embrión. La protección del derecho a la vida en virtud del artículo 4 de la Convención Americana “no es absoluta, sino es gradual e incremental […], debido a que no constituye un deber absoluto e incondicional, sino que implica entender la procedencia de excepciones a la regla general”.

La Corte “observa que las tendencias de regulación en el derecho internacional no llevan a la conclusión que el embrión sea tratado de manera igual a una persona o que tenga un derecho a la vida”.

El organismo de derechos humanos también se refirió al derecho a la vida privada, a la vida familiar y a formar una familia y su relación con los derechos sexuales y reproductivos, y resalto que la Corte afirmó que «el derecho a la vida privada está relacionado con: (I) la autonomía reproductiva y (II) el acceso a los servicios de salud reproductiva, que incluye el derecho a acceder a la tecnología médica necesaria para ejercer este derecho», y que no permitir a las mujeres “decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y por consiguiente el tamaño de su familia” constituye una injerencia arbitraria en la vida privada.

Este martes se firmará el dictamen de mayoría que llevará el proyecto de ley al recinto de la Cámara Baja el miércoles en una maratónica e histórica sesión, luego de 20 sesiones de más de 130 horas en total, en las que expusieron 738 ponencias de referentes políticos y sociales argentinos, a favor y en contra.