En febrero del año pasado, luego de que el por entonces flamante presidente Alberto Fernández anunciara que tenía previsto subir las retenciones y establecer cupos al sector agropecuario, el actor y conducto de televisión Dady Brieva opinó sobre el asunto en un programa de televisión. “En momentos de necesidades fuertes como éste, con un aumento alimenticio que va de hora en hora, se pone jodido para todos: para el Presidente, para los del campo y para todos los argentinos. Y tampoco los del campo van a ser muy felices cuando toda la muchachada salga a buscar comida. ¿Me entendés lo que te digo?”, fueron algunas de las palabras que eligió por entonces el cómico, cuya simpatía por el peronismo y el kirchnerismo es reconocida.  Por aquellas expresiones Brieva fue acusado del delito de incitación a la violencia colectiva por el abogado Santiago Dupuy Delome, de también reconocida militancia en el PRO y habitual denunciante de kirchneristas.

La instrucción contra Brieva se extendió por más de un año. Pero hoy, finalmente, el juez Marcelo Martínez De Giorgi terminó de desestimar la denuncia por inexistencia de todo delito. La decisión del magistrado siguió a una solicitud de la fiscal a cargo del caso, Alejandra Mángano, en cuyas conclusiones se basó para dictar el cierre de la causa. La funcionario había afirmado que “la situación denunciada no constituye un comportamiento perseguible por la justicia penal por cuanto, las manifestaciones emitidas por Brieva representan meras expresiones personales y políticas, características del debate público democrático que, como tales, no logran configurar el delito previsto en el artículo 212 del Código Penal”.

De Giorgi indicó que Mángano también recordó “que la figura legal en cuestión requiere una adecuada interpretación a los fines de no afectar el derecho constitucional a la libertad de expresión contemplado en la Carta Magna (artículos 14 y 32), así como también en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículos 19 y 20), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 13), la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 19) y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (artículo 4), entre otros instrumentos con jerarquía constitucional (artículo 75, inciso 22, de la Constitución Nacional), e indicó que este derecho se despliega en una doble dimensión: por un lado, constituye un derecho inalienable de los individuos y, por el otro, es una precondición esencial para el funcionamiento de un gobierno democrático”.

Brieva había hecho sus declaraciones en una charla con el periodista Mauro Viale, en el programa Mauro, La pura verdad, que este conducía por entonces en la mañana de la señal América TV. Ahí, en referencia a la decisión de Fernández exclamó: “¡Se animó a tocar a los dioses!”.  Y continuó.

“Espero que no sea de esos ladridos que pegamos, pero después retrocedemos. Ojalá. Pero no por ir contra el campo. ¡El problema no es el campo! Yo soy más del campo que de la ciudad, no me voy a hacer el urbano. No nací en Nueva York, nací en Santa Fe. El problema es cuando, de alguna manera, el campo o los hacendados manejan los precios. Ahí, ya la propiedad privada se pone entre comillas. En momentos de necesidades fuertes como éste, con un aumento alimenticio que va de hora en hora, se pone jodido para todos: para el Presidente, para los del campo y para todos los argentinos. Y tampoco los del campo van a ser muy felices cuando toda la muchachada salga a buscar comida. ¿Me entendés lo que te digo?”, concluyó.

La conclusión de la fiscal citada por el juez fue que “en definitiva, al ser el denunciado una figura pública, cuya actividad principal se circunscribe al mundo de la actuación y de la comedia, así como al periodismo radial, sus manifestaciones deben ser enmarcadas en un aporte al debate público y por tanto considerarse expresiones protegidas por el derecho a la libertad de expresión, más aún en este caso en concreto, en el que el eventual exabrupto que el denunciante cita no alcanza por sí a reunir los requisitos de tipicidad objetiva del artículo 212 del Código Penal, en tanto los dichos no están dirigidos a impulsar la realización de acciones lesivas concretas contra grupos o instituciones”.

Por su parte, el abogado del actor, Alejandro Rúa, solicitó que se investigue a Dupuy Delome por falsa denuncia. En la misma resolución en la que Martínez De Giorgi cerró la causa rechazó el pedido para investigar al denunciante.