La Justicia negó la prescripción de uno de los procesados en la causa BNP Paribas

Por: Néstor Espósito

Se trató de un recurso de queja de uno de los 14 imputados en la causa que inició el Banco Central en 2009. El rechazo se debió a errores formales en la presentación.

La Corte Suprema rechazó un planteo de prescripción de uno de los 14 procesados por lavado de dinero y fuga de divisas presuntamente de origen ilegal a través de la filial argentina del banco  BNP Paribas. Se trata de una causa iniciada por el Banco Central en 2009, por una presunta defraudación del orden de los mil millones de dólares.

Los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti rechazaron por errores formales un recurso de “queja” de uno de los imputados, Daniel Omar Mónaco, asesor financiero del banco multinacional con sede en Francia, a través de su defensor, Walter Weisswein. 

“El recurso de queja por denegación del recurso extraordinario no cumplió adecuadamente con los requisitos previstos en los artículos 4° y 7° incs. a, b, c y d del reglamento aprobado por la acordada 4/2007. Por ello, se la desestima”, explicó el fallo de la Corte, al que no se adhirió el presidente del tribunal Carlos Rosenkrantz.

De hecho, Rosenkrantz ni siquiera firmó la sentencia.

El expediente estaba en la Corte desde fines de 2018. Allí se investiga, desde hace más de una década, una denuncia de “evasión y lavado de activos a través de la oficina clandestina que la entidad mantenía en el piso 25 de su sede central ubicada en avenida Alem 855”, según describe el expediente.

Los cargos son por supuesta “asociación ilícita y lavado de activos”.  Los procesados que ahora quedaron a un paso del juicio oral y público por un delito que contempla hasta diez años de prisión son los franceses Phillipe Yves Henry Joannier, ex director general de la sucursal argentina hasta mayo de 2006; Christian Marie Francois Giraudon, su sucesora hasta fines de 2008; Christian Armand Agustin Abeillon, director administrativo hasta 2006 y Michel Michael Basciano, su reemplazante. Alexis Nicolás Quirot de Poligny, también francés y responsable de la oficina desde donde se realizaban las operaciones financieras.

La lista se completa con los argentinos Mónaco, Silvia Beatriz Zyla, Fernando Gabriel Celaya, Osvaldo Daniel Rodríguez, Carlos Raúl Long, Ignacio Héctor Borthaburu, Luis Pablo Cremona, Santiago Virgilio Tedín Uriburu, Elba Hilda Guibernau, todos asesores financieros que operaban con los clientes de la filiar argentina de la banca francesa.

En sus distintos roles, todos están acusados de “asesorar, expatriar, administrar y repatriar el dinero de clientes que obtuvieron ilícitamente y, por ende, no podía ser declarado o ingresado al mercado financiero sino a través de las operaciones que los imputados ofrecían, para lo cual como oficina que formaba parte del grupo BNP Paribas estaban provistos de contactos a nivel mundial, conocimiento técnicos y recursos materiales necesarios».

Mónaco habría formulado un planteo de prescripción por “violación de la garantía de ser juzgado en un plazo razonable atento a la excesiva duración de la tramitación de la causa”, pero fue rechazado y la apelación escaló hasta la Corte, que -sin avanzar sobre el fondo de la cuestión – ratificó la continuidad del expediente.

Paralelamente, otros imputados formularon planteos en instancias judiciales anteriores. El último de ellos fracasó el 20 de febrero pasado, cuando la Cámara Federal porteña rechazó un pedido de “nulidad” de la elevación del expediente a la etapa de juicio oral y público.

Ese parece ser el próximo paso.

La imputación describe “la compleja ingeniería financiera” puesta en funcionamiento, mediante “la articulación de una metódica y no menos compleja articulación histórica que claramente, a esta altura, se compadecen, con una operatoria trasnacional destinada a excluir de todo contralor del Estado, los productos y beneficios financieros ilegalmente ofrecidos a través de ese montaje.”

“El cuadro completo de la situación fáctica del caso revela que no sólo  se quebrantaron deliberadamente las obligaciones relativas a la identificación del cliente inmediato, los deberes de diligencia frente a transacciones inusuales o carentes de sentido económico aparente, el reporte voluntario de tales operaciones y la conservación de la información sobre las transacciones, sino que se diseñó una compleja arquitectura financiera, que tenía por objeto borrar el rastro de la ruta del dinero no declarado”, consignó Rappa.

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