Lava Jato: se firmó el acuerdo judicial de cooperación entre Argentina y Brasil

El Procurador General convalidó los términos del compromiso logrado con el Ministerio Público de Brasil en el marco de las investigaciones de los casos de corrupción de la empresa Odebrecht.

Este viernes el procurador general de la Nación interino, doctor Eduardo Casal, convalidó los términos del modelo de compromiso con las autoridades del Ministerio Público Federal de la República Federativa de Brasil, en el marco de las investigaciones llevadas a cabo en ese país en los llamados casos Lava Jato y Odebrecht.

El acuerdo logrado permitió consensuar los términos de un modelo de compromiso que despeja el camino de los fiscales y sirve como una herramienta puesta a su disposición para que en sus investigaciones tengan posibilidad de acceder a las informaciones y pruebas reveladas en Brasil por las personas que decidieron colaborar con las pesquisas de ese país a través de acuerdos de lenidad o de delación premiada.

Ello se alcanzó como resultado de la labor llevada a cabo en los últimos cinco meses por la mesa de trabajo interinstitucional conformada en la Procuración General de la Nación. Además de las áreas de Coordinación Institucional y Cooperación Regional e Internacional de la Procuración, se invitó a participar a los fiscales intervinientes en los casos por las derivaciones locales de los procesos judiciales de Brasil, quienes habían planteado la imposibilidad de suscribir el modelo de acuerdo original.

Se convocó también a la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, que por su competencia actúa en algunos de esos casos, como así también a representantes de la Cancillería Argentina y de la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia; ellos, en su calidad de organismos con competencias para la cooperación jurídica internacional y la implementación de las convenciones internacionales suscritas por el país en materia de lucha contra la corrupción, respectivamente.

En este tiempo, esa mesa de trabajo mantuvo una serie de reuniones en las que gracias al compromiso y diálogo constructivo entre las partes se fueron considerando las distintas alternativas para acceder a los mecanismos de cooperación internacional que se proponían y con ellos a las pruebas disponibles en Brasil.

También debe destacarse que este proceso no hubiera sido posible sin contar con la buena voluntad, intención de cooperar y comprensión de parte de las autoridades de la secretaría de Coordinación Internacional del Ministerio Público Federal de Brasil, quienes reconociendo la labor de la mesa de trabajo interinstitucional, permitieron acercar las posiciones de ambas partes.

El texto final aprobado logra respetar los estándares derivados de convenios internacionales que los dos Estados han suscrito, los principios y normas jurídicas internas de cada país y al mismo tiempo se ajusta a los términos de los acuerdos de colaboración que las empresas y personas involucradas han celebrado en Brasil. Ello, además de no impedir o entorpecer las acciones que puedan ejercerse en el país.

La suscripción de este modelo de compromiso es un requisito necesario para acceder a la prueba judicial disponible en Brasil que conlleva una limitación en el uso de las pruebas que se obtengan, que no podrán utilizarse en contra de quienes se encuentran alcanzados por los acuerdos de lenidad ni en procesos distintos en los que la información fue compartida.

Debido a esas restricciones, serán en definitiva los fiscales quienes, dentro del marco de la autonomía propia de su función, y conforme a las estrategias y criterios de investigación según cada caso, evalúen la conveniencia de utilizar la herramienta de cooperación internacional que se presenta.

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