El diario La Nación le ganó un juicio al Estado y obtuvo el derecho a recibir la pauta publicitaria oficial máxima proporcional que asigne el gobierno a un medio de comunicación de sus mismas características. La Corte Suprema dejó firmes sendos fallos de la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal que establecieron que el Estado -durante el anterior gobierno- discriminó a La Nación en el otorgamiento de avisos oficiales. Pero la administración Macri se ufanó de haber cambiado esa situación y declaró que le está otorgando al centenario periódico la pauta (abundante) que no percibió en el pasado reciente.

No basta.

Los fallos judiciales obligan al Estado a elaborar «un esquema de distribución que comprenda a los medios gráficos y sitos de internet de análogas características. En lo sustancial, la decisión adoptada tuvo por acreditada, a la luz de la prueba producida, la existencia de una conducta discriminatoria y arbitraria con respecto a la distribución de la publicidad oficial entre la actora y los medios de igual categoría, lo que importa una lesión a la libertad de prensa».

La Corte Suprema ratificó todo en agosto de 2015 y así le asestó un nuevo golpe desde el Poder Judicial al gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. Cuatro meses después, Mauricio Macri asumió como presidente. Y la nueva administración le explicó a los tribunales que la situación había cambiado y que, ahora sí, La Nación recibía una generosa pauta oficial. «De haber existido alguna vez conducta discriminatoria en la atribución de pauta publicitaria, esta ha cesado», escribió Horacio Minotti, director legal de la Secretaría de Comunicación Pública, que depende del jefe de Gabinete, Marcos Peña, según consta en el expediente, al que tuvo acceso Tiempo.

Minotti hizo más que una simple declamación. Contó exactamente cuánto dinero de pauta oficial le pagó el gobierno de Cambiemos a los diarios La Nación y Clarín durante los primeros seis meses de su gestión, entre enero y junio de 2016. A La Nación, 520 pesos por cada uno de los ejemplares que imprimió; a Clarín, 405. Para Clarín, la pauta oficial durante el primer semestre de 2016 fue de 81.250.449 pesos. Para La Nación, en el mismo período, 67.655.148 pesos. La nueva administración le informó a la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal María Alejandra Biotti que “la tirada del diario La Nación de lunes a domingos promedia los 130 mil ejemplares. Por su parte Clarín promedia por día unos 200 mil ejemplares”.

El gobierno de Cambiemos reivindicó en el expediente la firma de la Resolución 247/2016 sobre otorgamiento de pauta oficial. «La sanción fue el reconocimiento jurídico de una conducta que de hecho se venía manteniendo, cuestión que La Nación conoce acabadamente porque, claro, es quien percibe los beneficios de tal pauta publicitaria», disparó el abogado del Estado.

¿Qué dice la Resolución 247/16? Que la publicidad oficial se asignará mediante lo que denomina «criterios Objetivos», por ejemplo el «alcance del medio»: «En función de su circulación o audiencia, para cuya determinación se tendrán en cuenta los indicadores de referencia en cada mercado y los registros que el proveedor certifique mediante declaración jurada».

Sobre esa base, el abogado Minotti pidió que el reclamo de La Nación fuera declarado «abstracto», pues caso contrario se «avanzaría sobre garantías constitucionales que alcanzan a todos los ciudadanos en cuanto a su derecho a estar informados. (…) Se compele al Estado a realizar el pautado de publicidad institucional, imponiéndole criterios que apartan al poder administrador de la concreción del objetivo de satisfacer cabalmente el interés general, poniendo por delante de este último intereses de índole privada como los que manifiestamente ha perseguido y persigue la actora», el diario de los Mitre.

El conflicto por la publicidad oficial, que tuvo su origen en el anterior gobierno, se proyectaba con idénticos actores sobre éste. Porque para La Nación no fue suficiente.

El abogado Ezequiel Cassagne (del mismo estudio que Juan Carlos Cassagne, el ex presidente de la multinacional Thales Spectrum), respondió: «Lejos de reconocer la ilegalidad de su proceder, (el Estado) continúa, contra toda evidencia, sosteniendo procesalmente la corrección de su proceder. Los casos no devienen abstractos cuando, si bien cesa la conducta impugnada, se continúa sosteniendo la validez del proceder estatal y, por tanto, existe la amenaza de que en cualquier momento el daño pueda volver a generarse».

Se trata de curarse en salud. Una muestra de desconfianza. La Nación procuró que ningún cambio de viento político (de éste u otro gobierno) le afecte sus ingresos por publicidad oficial. «Aun cuando la nueva resolución es en muchos aspectos un avance, está muy lejos de ofrecer criterios objetivos y por lo tanto, de permitir sostener que este expediente devino abstracto. La ausencia de aplicación de criterios objetivos, así como la utilización discrecional de la pauta pulicitaria ha sido objeto de recientes estudios que si bien acreditan una mejora respecto de situaciones previas, está muy lejos de poder considerarse una modificación sustancial».

La Corte Suprema nuevamente le dio la razón. El fallo fue firmado en el último acuerdo por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti.