El Centro de estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) presentó este lunes ante la Justicia Federal de La Plata una acción de amparo colectivo de alcance nacional contra lo que denominó un “tarifazo de gas extra, en 24 cuotas y con interés, impuesto por el Gobierno Nacional al conjunto de las y los usuarios de ese servicio público”. La medida coincidió con la denuncia penal del fiscal Guillermo Marijuan contra el secretario de Energía Javier Iguacel por la misma resolución y con la convocatoria realizada por el intendente de San Martín, Gabriel Katopodis, a «no pagar los aumentos de gas» ya que se presentarán «presentaciones judiciales en todo el conurbano».

La acción interpuesta por Cepis pide la declaración de inconstitucionalidad y la nulidad de la resolución 20/2018 de la Secretaría de Energía del viernes pasado, por la cual todos los usuarios del servicio de gas natural deberán pagar en 24 cuotas y con interés la diferencia del precio del gas registrada entre abril y septiembre de 2018 generada por la mega devaluación. Cepis también pidió el mismo tratamiento para el inciso 5° del artículo 37 del decreto 1738/92 y para el punto 9.4.2.5 de las Reglas Básicas de Licencia de Distribución aprobadas por el decreto 2255/92. “Este conjunto de normativas van en contra de los artículos 1, 14, 16, 17, 42 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional y, por lo tanto, son inconstitucionales y nulas”, indicó la organización no gubernamental.

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El inciso 5º del artículo 37 del decreto 1738/92 dice: “Las variaciones del precio de adquisición del Gas serán trasladados a la tarifa final al usuario de tal manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al Distribuidor ni al Transportista bajo el mecanismo, en los plazos y con la periodicidad que se establezca en la correspondiente habilitación.”

Por su parte, el punto 9.4.2.5 de las reglas básicas establece los mecanismos para el cobro de las diferencias de precio entre la venta de gas de las productoras a las distribuidoras, cuyo precio se establece en marzo y septiembre de cada año, y la venta de gas de estas últimas a los consumidores finales en el semestre posterior a marzo y septiembre.

Hay que consignar que unos párrafos antes, ese reglamento básico indica que “La tarifa se ha calculado en dólares estadounidenses. Los ajustes a que se refiere el punto 9.3 serán calculados en dólares estadounidenses”. La presentación de Cepis subraya que el aumento del precio del gas se produce por la decisión gubernamental de devaluar el peso y que, por lo tanto, las consecuencias de esa decisión no pueden soportarlas exclusivamente los usuarios del servicio.

“La diferencia que existe entre el precio de las tarifas para los usuarios establecido en audiencias públicas y el costo del gas previsto en los contratos no puede ser afrontado por los ciudadanos porque de ese modo estarían asumiendo riesgos y costos que no han sido generados por ellos. Es el Poder Ejecutivo Nacional quien determina la política cambiaria del Estado”, indica. Asimismo, Cepis observa que este aumento extra, en cuotas y con tasas de interés de la tarifa del gas “no cumple con el procedimiento de audiencia pública”.

En ese sentido señala que aún en el caso de que la justicia considere legal el traslado del precio dolarizado del gas a los usuarios, “el Gobierno Nacional no cumplió con las audiencias públicas para definir el modo y forma de pago de la derivación de los costos a los ciudadanos”.

Según fuentes privadas, el monto involucrado en la compensación a las empresas por la devaluación alcanzaría unos 10.000 millones de pesos. Tiempo publicó este domingo que esas petroleras son las mismas que cobrarán el año próximo unos 27 mil millones de pesos en subsidios por la producción de gas no convencional en Vaca Muerta.

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Los reclamos contra esta decisión arreciaron desde que se anunció la resolución el viernes pasado. Como respuesta, el titular del área de energía, Javier Iguacel, aseguró que «la mayoría de la gente que se queja del aumento son militantes».