Se complica la situación judicial de Iguacel por un dictamen del Enargas contra el aumento extra

Por: Ariel Zak

El secretario de Energía ignoró un documento previo del organismo, que rechazaba la suba de gas que se intentó aplicar por la devaluación. La idea del pago en 24 cuotas fue de las empresas.

» Un documento del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) podría complicar la situación judicial del secretario de Energía, Javier Iguacel, en la causa en la que se lo investiga por haber firmado la resolución –que finalmente fue revocada por el gobierno– que autorizaba a las empresas distribuidoras de gas natural a cobrar un extra a los usuarios en compensación por la suba en la cotización del dólar. Se trata de un dictamen del ente especializado que plantea una opinión contraria a lo que finalmente decidió el funcionario.

El dictamen emitido por el ente que interviene en la discusión de las tarifas del gas le había sido remitido a Iguacel el 3 de octubre, un día antes de que firmara la polémica resolución, y daba cuenta de que ese organismo ya había rechazado los planteos de «los productores» y «las distribuidoras» porque no estaban acreditadas las deudas entre unas y otras originadas por la devaluación y porque los reclamos estaban inspirados en una normativa pensada para un contexto de convertibilidad, muy distinto al actual.

El documento lleva la firma del presidente del directorio de Enargas, Mauricio Roitman, y hacía referencia a los reclamos de las empresas vinculadas a la producción y distribución, que sostenían que su flujo de fondos y su capital de trabajo se habían visto afectados por el impacto de la devaluación entre abril y septiembre de 2018. La variación en el tipo de cambio les habría generado a las distribuidoras una deuda con las petroleras dado que les pagaron el gas a un dólar fijado a 20,34 pesos cuando, por contrato, debieron hacerlo al valor del dólar vigente al día anterior al pago.

«El Enargas ha rechazado los argumentos planteados en tanto toda la argumentación de las Licenciatarias resultaba hipotética y meramente conjetural, dado que no acreditaron materialmente el efectivo pago de gas al tipo de cambio actualizado y utilizado como referencia para la determinación de las diferencias entre el precio incluido en la tarifa y el precio al tipo de cambio de fecha de pago, no habilitando los aspectos invocados del ajuste de gas comprado previstos en las de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución (RBLD)», sostuvo Roitman en un documento que ya fue incorporado al expediente de la causa que tiene la jueza María Romilda Servini y la fiscal Paloma Ochoa.

El presidente del directorio del Enargas también remarcó que el reclamo de las empresas estaba inspirado en una ley sancionada en 1992, bajo un escenario de Convertibilidad, que establecía que podrían realizarse ajustes en el precio del gas o incluso proponerse un nuevo cuadro tarifario, según cuál fuere el nivel de las variaciones en el valor del gas adquirido por las distribuidoras y el valor de dicho gas contenido en la tarifas a los usuarios.

«La normativa aplicable en esta materia ha sido dictada en un contexto jurídico sustancialmente distinto al actual, con plena vigencia de la Convertibilidad, por lo que cabe entender que las diferencias diarias acumuladas por abruptas variaciones en el tipo de cambio o derivadas de significativos cambios en las condiciones macroeconómicas no han sido contempladas al momento de la redacción del Marco Regulatorio», sostuvo el dictamen al que accedió Tiempo Argentino.

Finalmente, Roitman dejó sentado por escrito que la idea de la aplicación de un pago extra en la tarifas de gas, dividido en 24 cuotas, había sido formulada por las empresas: «Las propias distribuidoras han propuesto, en relación con las diferencias de cambio, su recupero mediante un plan de 24 cuotas, que no surge de las RBLD vigentes. Por lo tanto, las mismas prestadoras han solicitado para esta cuestión un tratamiento diferente al contemplado en la normativa vigente para otros supuestos».

La decisión de Iguacel de avanzar en la firma de esa resolución a pesar del dictamen contrario –no vinculante– sembró en el expediente en su contra una duda: ¿pudo haber querido beneficiar a un sector particular de la economía con su decisión? ¿Tenía intereses creados? La Justicia deberá determinarlo.

Algunas posibles respuestas surgen de publicaciones periodísticas. Por ejemplo, el 12 de octubre de 2018 el periodista Alejandro Bercovich escribió en BAE Negocios que «Pluspetrol, la compañía donde el secretario de Energía hizo carrera durante diez años hasta llegar a ser su vicepresidente, es la cuarta petrolera del país y una de las que serán ‘compensadas’ por haberles cobrado a las distribuidoras el gas en pesos a un tipo de cambio de $ 20,35 durante todo el semestre abril-septiembre».

Ocurre que a pesar de la marcha atrás con la resolución que trasladaba el impacto de la devaluación al bolsillo de los usuarios, el gobierno les confirmó a las petroleras que cobrarían la diferencia reclamada de las arcas del Tesoro Nacional.

Iguacel está imputado desde el 10 de octubre y se lo investiga por la supuesta comisión de los delitos de abuso de autoridad y de eventual fraude contra la administración pública, debido al anuncio de que el Estado se hará cargo de pagar las diferencias.

La causa se inició por una denuncia del también fiscal federal Guillermo Marijuan que por sorteo cayó ante el juzgado a cargo de Servini quien delegó la investigación en Ochoa. Iguacel, a través de abogados, presentó en el expediente un escrito en el que aseguró que no cometió ningún ilícito y que la resolución tenía por objetivo cuidar a los usuarios, como había dicho públicamente.  «

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