Aclaraciones del gobierno salteño sobre el caso Lhaka Honhat

El área de Regularización de Tierra del gobierno provincial pidió derecho a réplica por una nota de Tiempo. Los informes de la Corte IDH y la cuestión de la demarcación del territorio.

En relación con el artículo del domingo pasado sobre el litigio territorial ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos que lleva adelante la organización aborigen Lhaka Honhat (caso 12.094), el subsecretario de Regularización de Tierras y Registro de Comunidades salteño Ariel Sánchez planteó a Tiempo Argentino la posición del gobierno que integra sobre el tema.

La nota completa que envió el funcionario puede leerse más adelante. Entre los puntos salientes, Sánchez alega que “la voluntad manifiesta del gobierno de aminorar cualquier posibilidad de conflictos y avanzar hacia los acuerdos” y que tienen como “único objetivo mantener el diálogo y el acuerdo entre las partes del conflicto territorial”.

Sánchez cita el decreto provincial 1498/14 que asigna “íntegramente los lotes fiscales N° 55 y 14 para ser adjudicados a las comunidades indígenas y familias criollas que los habitan”. Tal como informó Tiempo Argentino dicho decreto otorga 400 mil hectáreas para las comunidades indígenas y 243 mil para las familias criollas, pero lo hace en condominio (inciso b, art. 1). Esto quiere decir que si el Estado no lleva adelante la delimitación y demarcación del territorio y el traslado de las familias criollas y su ganado al territorio asignado, no quite los alambrados ni detenga la tala ilegal, la ley no se cumple.

En 1998, Lhaka Honhat con la representación legal del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) recurrió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; dicha Comisión, luego de extender 22 prórrogas al Estado para que cumpla la ley, elevó el caso a la Corte IDH el 1 de febrero de 2018: “La Comisión estableció la violación del derecho a la propiedad de las víctimas por no haberles provisto acceso efectivo al título de propiedad sobre su territorio ancestral”. En la nota elevada por la Comisión, esta informa que “determinó la violación del derecho a la propiedad, por cuanto el Estado se abstuvo de materializar los derechos, legalmente reconocidos, violando así el acceso de las comunidades indígenas a la implementación efectiva de la ley. Sobre este punto, la Comisión IDH consideró que el Estado frustró la confianza legítima que las actuaciones de las autoridades provinciales generaron en cabeza de las comunidades indígenas de acceder a un título común de propiedad territorial”.

En el informe que la Comisión elevó a la Corte IDH se informa que “pese a dichos esfuerzos (de la Comisión), las extensas prórrogas otorgadas y las iniciativas adelantadas por la Comisión para explorar las diferentes posibilidades de lograr un cumplimiento eficaz; el Estado argentino no ha logrado dicho cumplimiento y, a la fecha, no se cuenta con expectativas de implementación de las medidas de reparación en un plazo razonable”.

En la audiencia del 14 de marzo, luego de escuchar a todas las partes, los jueces de la Corte IDH decidieron visitar en mayo por primera vez el territorio para luego decidir sobre estos puntos y otros, como no haber realizado consultas previas, libres e informadas sobre concesiones para la exploración de hidrocarburos en el territorio ancestral.


(Nota textual enviada a Tiempo Argentino)


Ariel Sánchez, subsecretario de Regularización de Tierras y Registro de Comunidades, ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social, sostuvo que las 71 Comunidades Indígenas que habitan los lotes 55 y 14 son propietarias bajo título comunitario de las 400mil has que reclamaron. “Las familias criollas son propietarias en condominio de 243mil has y a cada familia le corresponde una parcela de tierra con la cantidad de hectáreas según lo determinan los Criterio de Distribución acordados por todos en Asamblea. Esta información consta en el Anexo I y II del Decreto 1498/14”, sostuvo el funcioario.


“En el año 2014 mediante el Decreto, la Provincia reconoce y transfiere la propiedad comunitaria de las 400 mil has reclamadas por la población indígena, en los términos que determina la Constitución Nacional y Provincial, otorgándose de este modo el título único a favor de todas las Comunidades que habitan los Lotes y dando respuesta a esta histórica lucha de los Pueblos Originarios de la zona”.


“Esta decisión ha sido (en su momento) acordada y celebrada por la Asociación Lhaka Honhat (demandante ante la Corte IDH) y sus asesores legales del CELS, quienes fueron informados permanentemente sobre los términos en la redacción del citado Decreto”, expresó el Subsecretario y agregó que “los representantes de la Comisión IDH, quienes visitaron la zona en más de una oportunidad, remarcaron que ésta decisión es una decisión histórica no solo en el marco del Caso en particular sino en referencia a los diferentes casos de reclamos territoriales que realizan las Comunidades a los Estados que conforman la OEA”.


“No debemos desinformar acerca de la situación y los avances del proceso de regularización de tierras, al referirse a acontecimientos absolutamente superados por el gobierno provincial y los pobladores locales y que tuvieron lugar hace más de veinte años”, dijo el funcionario e hizo mención a la frase citada en la nota: “divide y reinarás”, que hace referencia a los títulos individuales entregados en la gestión del gobernador Romero, “los cuales fueron dados de baja y no tienen incidencia alguna en el trabajo que se desarrolla actualmente”.


“El Gobierno provincial no genera confusión, ni discordia entre los pobladores dando a entender que las pretensiones de los peticionarios es un título a nombre de Lhaka Honhat, cuando y como se dijo anteriormente el título ya fue entregado y es a nombre de todas las comunidades, con los cuales la supuesta intención de generar confusión y discordia es al menos un sinsentido”, manifestó el subsecretario Sánchez.


Sobre el trabajo en terreno, el funcionario provincial explicó que “El gobierno Urtubey ha trabajado en el proceso de tierras mediante metodologías participativas diseñadas y consensuadas con las organizaciones indígenas y criollas, denominadas “Acuerdos entre Partes” (diálogo entre indígenas y criollos) que tuvo el único objetivo de (mediante el diálogo y manteniendo la paz social) determinar la ubicación final de las pretensiones de cada sector”.



Agregó que “la voluntad manifiesta del Gobierno de aminorar cualquier posibilidad de conflictos y avanzar hacia los acuerdos, fue la apertura y la participación en los diferentes espacios de participación que se abrieron en torno al proceso y que tuvieron como único objetivo mantener el diálogo y el acuerdo entre las partes del conflicto territorial

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