La medida también exime del pago del Sueldo Anual Complementario a las trabajadoras y los trabajadores cuya remuneración promedio mensual del primer semestre no supere ese límite.

El aumento en las remuneraciones alcanzadas por el impuesto a las Ganancias también se da para los salarios mensuales de entre $ 225.937 y $ 260.580 brutos. La medida también exime del pago del Sueldo Anual Complementario a las trabajadoras y los trabajadores cuya remuneración promedio mensual del primer semestre no supere los $ 225.937.
«Con el objetivo de fortalecer el proceso de recuperación del poder de compra los trabajadores, en 2021 el nivel de salario a partir del cual se paga el Impuesto a las Ganancias se incrementó en dos oportunidades», marcó el organismo público. La primera fue cuando pasó a $ 150.000 brutos en junio de acuerdo a lo establecido por la Ley 27.617, mientras que la segunda fue un adelanto a cuenta del incremento anual que llevó el valor a $ 175.000 en septiembre.
El Decreto 620/2021 detalló que anticipaba de manera parcial la actualización anual, por eso el cálculo de enero se realiza con relación al valor inicial de $ 150.000. Con la aplicación del 50,62% que surge del índice Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) que elabora el Ministerio de Trabajo, se actualiza también el mínimo no imponible, que quedó en 2022 en $ 252.564,84 por año. A su vez, la deducción por cónyuge pasará a $ 235.457,25 mientras que por hijo es de $ 118.741,97 y llegará a $ 237.483,94 en el caso de los hijos incapacitados para el trabajo.
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