«Actuó así porque no comulga con los derechos de las mujeres»

Por: Laura D'Amico

El alegato del fiscal demolió los argumentos de Leandro Rodríguez Lastra, el médico de Cipolletti que impidió que se realizara un aborto no punible. El martes, el fallo.

Este martes se conocerá en Cipolletti la sentencia del juicio contra el ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra, acusado de incumplir sus deberes de funcionario público por interrumpir un aborto en curso a una joven víctima de una violación. En sus alegatos, la fiscalía afirmó que el médico «actuó como actuó porque no comulga con los derechos de las mujeres», mientras la defensa sostuvo que «no hubo aborto en curso». Ahora es el turno del juez Álvaro Meynet, a cargo del tribunal unipersonal. El caso ocurrió en 2017 y pone en evidencia los obstáculos a los que se enfrentan las personas gestantes de alta vulnerabilidad social que desean interrumpir un embarazo en el sistema público de salud, aun cuando están amparadas por la ley.

La víctima, identificada como R. P. para preservar su identidad, supo que estaba embarazada el 27 de marzo al ver el resultado positivo de un análisis de sangre realizado en el hospital de la localidad de Fernández Oro. El embarazo de 21 semanas había sido producto de una violación, y así se los hizo saber, en un ataque de angustia, a la médica y a la psicóloga que la asistieron ese día. Las profesionales le informaron acerca de los derechos que la asistían y la joven tomó la decisión de interrumpir el embarazo. Firmó la declaración jurada y el consentimiento informado que indica el Protocolo para que se lleve adelante la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). Pero el avanzado estado gestacional y la baja complejidad del hospital local obligaron a trasladarla a Cipolletti.

El pedido de derivación fue atendido por Rodríguez Lastra, jefe del servicio de Ginecología, quien hasta entonces no figuraba en el registro de objetores de conciencia. Por teléfono le dijo a la médica que no recibiría a la paciente si no contaba con un informe psiquiátrico, requisito que el Protocolo no prevé.


(Foto: María Laura D’Amico)


Las profesionales de Oro decidieron contactar a R. P. con un colectivo feminista que asesora y acompaña a personas que necesitan abortar por fuera del sistema público de salud. El 2 de abril, la joven llegó en ambulancia al hospital de Cipolletti. Estaba angustiada, tenía fiebre y contracciones aisladas. Según declaró la enfermera que la recibió en la guardia, «venía con una nota del hospital de Oro que decía que la paciente había realizado maniobras abortivas en forma clandestina». Rodríguez Lastra estaba de guardia y esta vez sí tomó el caso. Según afirmó en el juicio, «no lo relacionó» al llamado telefónico recibido días atrás. R. P. le comunicó que había tomado dos dosis de Oxaprost porque quería interrumpir el embarazo, producto de una violación. Desoyendo el pedido de la mujer, el médico ordenó suministrarle antibióticos y un supositorio de indometacina, una droga que inhibe las contracciones.

R. P. declaró en el juicio que el médico le mintió. Luego, en un breve diálogo con periodistas locales, con frases apenas audibles, amplió: «Cuando ingresé, me dijo que me faltaba romper bolsa nada más. Y pasaban las horas y no pasaba nada. Me ponía inyecciones que ni siquiera me decía qué eran. Yo le preguntaba, pero no me decía».

En su duro alegato, el fiscal Santiago Márquez Gauna consideró que Rodríguez Lastra ejerció «violencia obstétrica» y que puso su voluntad por encima de la de la paciente. Dijo que «la tuvieron de incubadora humana» porque «las mismas personas que le negaron el derecho (a abortar) decidieron cuándo iba a parir». Y concluyó que «la única razón por la cual (el médico) actuó como actuó es que no comulga con los derechos de las mujeres». La defensa aduce que el cuello del útero de R. P. estaba cerrado y no tenía sangrado, de modo que «técnicamente no había aborto en curso», sino una infección que podía ocasionarle un shock séptico.


(Foto: María Laura D’Amico)


R. P. tenía 19 años. Fue obligada a continuar con el embarazo en el hospital de Cipolletti. Casi dos meses después parió un bebé que fue dado en adopción. La trabajadora social y las psicólogas que la acompañaron en ese período manifestaron que estaba muy angustiada y les pedía que la ayuden a «sacarse el coso». Lo escribía. Casi no podía hablar.

El caso fue denunciado por la diputada y médica Marta Milesi, que conoció a la víctima durante la internación y tiene una larga trayectoria en la defensa de los derechos de las mujeres: es autora de la ley rionegrina que regula los abortos no punibles. «Sentí vergüenza de ser médica, de ser legisladora, de ser mujer y no haber podido hacer nada», declaró ante el juez.

Mientras los testigos reconstruían el caso y contrastaban argumentos médicos y jurídicos, afuera del tribunal, grupos antiderechos colgaron de los árboles pañuelos celestes y banderas argentinas. Incluso instalaron un santuario bajo un gazebo, donde se reúnen a rezar. A ellos se dirigió Rodríguez Lastra al salir de una de las audiencias. Con el micrófono en una mano y su hijo de meses en la otra, se refirió al producto de la violación de R. P. como «ese bebé que ahora tiene dos años y al que seguramente su familia lo está llenando de amor», e hizo una pausa hasta que cesara el aplauso. Podría recibir una pena de hasta tres años de prisión, y la inhabilitación para ejercer la medicina por el doble del tiempo de la condena.

Puertas adentro, con lo que le queda de voz, R. P. respira hondo antes de hablar con los periodistas. Hay algo que quiso decirle al médico en su declaración pero no pudo, cuenta. Tiene el pelo castaño hasta la cintura. Parece un manto oscuro que le cubre incluso parte de la cara. Vuelve a tomar aire y murmura: «Ya voy a poder». «

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