La decisión garantizará que "las y los pequeños contribuyentes puedan realizar la recategorización con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes".

La ley, sancionada por el Senado esta madrugada, elimina el retroactivo, con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618. La recategorización se trata de un procedimiento que se realiza dos veces al año, donde los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo le corresponde de acuerdo con su actividad durante los últimos 12 meses. En ese sentido, las nuevas categorías establecidas en este período serán las que estén vigentes entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.
Por su parte, la entidad tributaria también dispuso postergar al 27 de agosto el vencimiento del monotributo correspondiente a ese mes. En el caso de los pequeños contribuyentes que abonen a través de débito directo por cuenta bancaria o débito automático, la operación también se efectuará el 27 de agosto, según estableció la AFIP.
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