Alarmante: el 60% de los pacientes psiquiátricos está internado en contra de su voluntad

Además, solo tres de cada diez poseen algún criterio de internación y el 37% se encuentra alojado en estos centros por razones sociales o de vivienda. Son los principales datos surgidos del 1° Censo Nacional de Personas Internadas por Motivos de Salud Mental.

La Ley Nacional de Salud Mental, sancionada en 2010, supo ser de vanguardia en la región, y estipulaba que los casos debían tratarse con equipos multidisciplinarias, con perspectivas en el cuidado de los derechos humanos, y marcaba que en 2020 debían cerrar los “manicomios”, como se los conoció históricamente, en sus concepciones más parecidas a una cárcel que a un lugar de reinserción social. Sin embargo, de acuerdo al 1° Censo Nacional de Personas Internadas por Motivos de Salud Mental (CNSM) realizado en los establecimientos de internación monovalente en salud mental públicos y privados de todo el país durante 2018 y 2019, 12.035 personas aún viven en hospitales psiquiátricos, y el 60% permanece en contra de su voluntad. Otro dato es igual de alarmante: casi 4 de cada diez no está internado por razones de salud mental, sino por problemas sociales o de vivienda.

En los 162 manicomios de Argentina hay 12.035 personas internadas por motivos de salud mental. El 52 %reside en establecimientos públicos y el 48% en privados. El tiempo promedio de permanencia en estos centros es 8,2 años, cifra que aumenta a 12,5 en el sector público. Del total de personas, una de cada cuatro lleva entre 11 y 90 años internada. El 60,4% no firmó consentimiento para estar en el hospital psiquiátrico y, según los equipos tratantes, sólo el 36,4% tiene criterio de internación (es decir, la existencia de riesgo cierto e inminente para la propia persona o para terceros, sobre todo a causa de posibles ataques violentos).

A su vez, se reafirma la falta de dispositivos comunitarios, como hospitales de día o casas compartidas, como ordena la ley. Al menos el 37,2% se encuentra alojada en estos centros por razones sociales o de vivienda. Esta situación fue constatada por la justicia en la causa “SAF c. Estado Nacional y otros s/amparo” (2015), en la que se condenó al Ministerio de Salud de la Nación y al de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a crear una red de dispositivos con base en la comunidad para todas las personas que se encuentren internadas en condición de alta. A tres años y medio, la sentencia sigue sin cumplirse, lo que determinó la imposición de multas al Estado Nacional y de la CABA.

“La realización de este censo era una deuda pendiente en Argentina. ya que según la Ley Nacional de Salud Mental (26.657), vigente desde 2010, los relevamientos sobre la situación de las personas internadas deben realizarse cada dos años, lo que implica que a la fecha deberían haberse realizado por lo menos cuatro”, expresaron desde la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ). “A nueve años de la Ley de Salud Mental, no se han diseñado e implementado políticas públicas para sustituir el sistema de atención tradicional basado en la internación manicomial por uno de atención comunitaria que permita a las personas con discapacidad psicosocial vivir de forma independiente y ser incluidas en la comunidad. La Organización Mundial de la Salud (OMS) afirmó que por sus pobres resultados clínicos, sus altos costos y las violaciones de derechos humanos que se producen en ellos, los hospitales psiquiátricos representan el uso menos deseable de los escasos recursos disponibles destinados a salud mental, y sostuvo que sin buenos servicios comunitarios, las personas terminan en instituciones inhumanas o terminan desamparadas y viviendo en las calles”.

Muchas de las personas internadas están incomunicadas: sólo el 41% puede realizar llamadas telefónicas y algunas de ellas deben pagar para hacerlo. Esta práctica está expresamente prohibida por la ley 26.657 y su decreto reglamentario, que establece que todas tienen derecho a comunicarse gratuitamente con familiares, amigos o con quien deseen. En cuanto a la posibilidad de realizar salidas del hospital, el 40% respondió que no había salido a la calle durante el último mes. Apenas el 12% de los internados está en posesión de su DNI y sólo el 28% administra sus propios ingresos económicos. Y si bien el 58% tiene vivienda, el 74% no dispone de ella.

“Los datos son desoladores, pero demuestran que se trata -fundamentalmente- de un problema de voluntad política. Los cuantiosos recursos destinados a instituciones monovalentes pueden y deben reorientarse a garantizar las prestaciones que las personas necesitan para su vida independiente y en comunidad”, agregan desde la ACIJ.

En 2017, el gobierno de Mauricio Macri impulsó por decreto una reforma de la ley, criticada por numerosas organizaciones sociales, entre ellas el Cels, de donde advirtieron que el cambio elimina la perspectiva de derechos humanos, reinstalando el manicomio: “Modifica la concepción de la salud mental como un proceso multideterminado por componentes históricos, socio económicos, culturales, biológicos y psicológicos, y reinstala el modelo médico hegemónico de perspectiva biologicista que resultó insuficiente para un tratamiento integral de los padecimientos mentales. Esta mirada habilita exclusivamente las ‘prácticas fundadas en evidencia científica’ y excluye los aportes de disciplinas imprescindibles para la rehabilitación del padecimiento mental, como la terapia ocupacional, la musicoterapia, el arte, la enfermería, la psicología, los acompañamientos terapéuticos y el trabajo social, entre otras”.

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