Ricardo Panadero será juzgado nuevamente luego de su polémica absolución en 2018. La sala tercera del Tribunal de Casación Penal declaró la nulidad del veredicto y dijo que hubo una arbitraria valoración de los testigos.

La sala tercera del Tribunal de Casación Penal declaró la nulidad del veredicto que en julio de 2018 absolvió al policía Panadero por considerar que no había quedado acreditado que hubiera participado del secuestro, tortura, violación y asesinato de Natalia, de apenas, 15 años.
Además instó a “reenviar las actuaciones al Tribunal de Instancia a fin que, por intermedio de jueces hábiles y renovados los actos procesales necesarios se dicte nueva sentencia”.
Según consta en el portal de noticias Qué digital, uno de los puntos cuestionados fue que los jueces de primera instancia soslayaron “ponderar lo dictaminado por el perito Gustavo Adolfo Penacino, más allá de realizar una mera referencia”, quien sostuvo que entre el perfil de Panadero y el material hallado en el cuerpo de la víctima la probabilidad de coincidencia ascendía al 97%.
“Esta afirmación no fue sujeta a análisis en el pronunciamiento atacado, tampoco se brindó argumento alguno para desmerecerla”, destacó el Tribunal.
También criticaron la falta de valoración de un testigo al remarcar “que las razones que llevaron a desechar la fuerza probatoria de la declaración testimonial devienen insuficientes. Ello en virtud que su descrédito se sustentó en la necesidad que sean corroboradas en sus detalles sin valorar que ambas resultaron coincidentes entre sí y que no se contradicen con los demás elementos ponderados”.
Por último destacaron que “estamos frente a un episodio de violencia hacia la mujer” y que el caso se centra en “una persona que murió como consecuencia del accionar de funcionarios policiales, lo que implica extremar recaudos en el análisis del contexto, y las posibles conductas ejercidas por quien representa a la autoridad estatal en el ejercicio del monopolio del uso de la fuerza”.
El Tribunal Oral en lo Criminal N°4, integrado por los jueces Jorge Peralta, Fabián Riquert y Juan Manuel Sueyro, habían desacreditado los testimonios aportados por la querella y consideraron que «no pudo mostrarse con claridad» que el ADN encontrado en un vello púbico de la víctima perteneciera al acusado.
Panadero ya había recibido el guiño de la justicia cuando quedó afuera del primer debate oral que condenó a los agentes Ricardo Suárez, Oscar Echenique y Ricardo Anselmini a la pena de prisión perpetua. Sin embargo, la Corte Suprema provincial revocó aquella decisión y ordenó un nuevo proceso.
La fiscal Ana María Caro y la abogada de la familia Melmann, Lisa Cabral, habían pedido la pena máxima al entender que la participación de Panadero estaba acreditada por el rastro de ADN encontrado en el cuerpo de Natalia. Sin embargo, el Tribunal concluyó que “dado lo incompleto del perfil correspondiente al pelo, las compatibilidades observadas no pueden ser consideradas como prueba concluyente de identidad”.
De acuerdo a la reconstrucción del Ministerio Público, el 4 de febrero de 2001, en la ciudad balnearia de Miramar, Natalia fue subida por la fuerza a una camioneta de la Policía Bonaerense. Adentro estaban los tres condenados en el primer juicio y, se presume, Panadero. La violaron, la asfixiaron y descartaron el cuerpo para lograr la impunidad.
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