Fue presentada por Hebe de Bonafini. El fiscal sostuvo que "es imprecisa" y que por eso resulta "imposible proceder a la investigación".

La titular de Madres, con el patrocinio del abogado Juan Manuel Morente, denunció que «funcionarios Judiciales, legisladores, ex funcionarios del Poder Ejecutivo, actores, periodistas, intelectuales y referentes de agrupaciones de la oposición al actual gobierno» estaban siendo espiados ilegalmente. ¿El objetivo? «Encontrar comunicaciones, extorsionar y publicarlas en los medios, no solo de las comunicaciones telefónicas, sino también de correos electrónicos y redes sociales».
La lista, que se conoció a mediados de semana, incluye 131 nombres. Están desde Cristina Fernández de Kirchner hasta el defensor del pueblo Alejandro Amor, pasando por el camarista laboral Enrique Arias Gibert -cuyo juicio político fue promovido por el gobierno por avalar la paritaria de los bancarios-, la fiscal en lo Comercial Gabriela Boquín -quien malogró con su dictamen el acuerdo por la deuda del Correo Argentino-, el dirigente crítico de la comunidad judía Jorge Elbaum, el camarista federal Eduardo Freiler, la titular de «Justicia Legítima», María Laura Garrigós de Rébori, la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, el ex juez de la Corte Raúl Zaffaroni, el periodista Víctor Hugo Morales y el juez Daniel Rafecas, y una importante cantidad de periodistas. La causa quedó registrada con un número emblemático: 1983, el año del regreso de la democracia.
Bonafini dijo tener información sobre «un espionaje político tendiente a sostener una gobernabilidad por fuera del sistema democrático, mediante un espionaje ilegal, amenazas y persecuciones que estas maniobras originan». E involucró, sin mayores precisiones, a «ex agentes del Servicio de Inteligencia del Estado que fueron expulsados por la anterior gestión de Gobierno Nacional, quienes mantendrían una relación personal y de negocios con medios de comunicación hegemónicos».
El fiscal González dictaminó que «la presentación de la denunciante no reúne los requisitos previstos en el artículo 176 del Código Procesal Penal», que define qué elementos debe contener un escrito que impulse una acción judicial. Para el representante del Ministerio Público, la denuncia es «imprecisa, en tanto se ha basado en comentarios que la denunciante dijo haber recibido de ‘fuentes’ cuyos datos se reservó.»
«No se cuenta con datos de tiempo modo y lugar que permitan realizar una reconstrucción histórica de relativa claridad, lo cual resulta imperioso para una posible investigación». Se trata -añadió- de «una enunciación genérica de aquellos sucesos cuya investigación pretende, sin exponer cuáles son las circunstancias fácticas que rodean los mismos y/o quiénes son las personas que resultan damnificados».
No obstante, el fiscal dejó abierta la posibilidad de que «las personas que fueran damnificadas por presuntas intervenciones ilegales de sus comunicaciones, aún si fueren los nombrados en la lista aportada por la denunciante, pueden en su caso formular las denuncias que consideren pertinentes sobre bases fácticas claras y precisas».
La causa está, hoy, cerrada. «
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