Fue condenado a 21 años y 6 meses de prisión en 2011 por crímenes contra 140 personas. La sala de feria consideró que cumple los requisitos para salir de la cárcel.

El caso llegó a Casación luego de que el Tribunal Oral Federal 4 rechazara en cuatro oportunidades el pedido de los defensores de Chemes, los abogados hijos de represores Laura Olea y Ricardo Saint Jean.
El último pedido fue negado el 23 de diciembre. Allí, el juez de ejecución Jorge Gorini se remitió a un informe de peritos que señalaron que el ex agente del Servicio Penitenciario “no adquirió la capacidad de comprender la gravedad de sus actos” y valoró la opinión de las víctimas, quienes se manifestaron en contra de su liberación. El juez se refirió, además, a la obligación del Estado argentino de no sólo investigar y juzgar a los responsables de los delitos de lesa humanidad, “sino que también debe garantizar el efectivo cumplimiento de las penas impuestas”.
Olea y Saint Jean reclamaron entonces la Casación. Sostuvieron que no se le podía exigir a su defendido que manifieste arrepentimiento respecto de los delitos por los que fue condenado y que el fallo era arbitrario.
Apenas unos días después y en plena feria de verano, los camaristas Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques le dieron la razón y ordenaron su liberación. “El razonamiento utilizado carece de base legal puesto que aquellos obstáculos señalados por el tribunal de origen no constituyen requisitos estipulados por la norma que regula el instituto en trato”, sostuvieron Yacobucci y Mahiques, quienes juntan entre ambos varios fallos en los últimos años a favor de genocidas.
El tercer juez, Javier Carbajo, votó por el rechazo del pedido de la defensa, aunque quedó en minoría. Carbajo manifestó que “el magistrado a cargo de la ejecución de la pena que pesa sobre Chemes explicó, una vez más y mediante argumentos razonables y razonados, que éste no se encuentra en condiciones de acceder al instituto que pretende”.
Destacó, además, los informes del Equipo Interdisciplinario de Ejecución Penal, que sostuvieron que “se identifican como factores asociados al riesgo de reincidencia: actitud frente a su accionar delictivo, advirtiéndose un escaso nivel de autocrítica sobre la gravedad de sus actos y las consecuencias para con la sociedad o el daño infringido, restando profundizar en la responsabilidad subjetiva…”.
Chemes, quien llegó a ser alcalde mayor del Servicio Penitenciario Federal, fue condenado a 21 años y 6 meses en 2011 por tormentos y privación ilegal de la libertad de 140 personas que pasaron por el centro clandestino de detención El Vesubio, ubicado en La Matanza, donde cumplió funciones de guardia de quienes estaban cautivos.
Como estaba detenido desde 2006, recién en 2027 se cumpliría la totalidad de la pena. A partir de 2017, los abogados de Chemes le consiguieron salidas transitorias y en 2020, cuando pasaron dos tercios de la pena, comenzaron a pedir la libertad condicional, sin éxito hasta este jueves.
La decisión de Casación, le concedió la libertad condicional y remitió la causa el TOF 4, que deberá fijar las condiciones para su cumplimiento.
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