La decisión permite avanzar en la realización del juicio oral a los responsables empresarios de los crímenes cometidos contra 68 personas en Tucumán.

El fallo lleva la firma de Diego Barroetaveña, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, quienes de manera unánime rechazaron los recursos interpuestos por Jorge Alberto Figueroa Minetti, quien era administrador del ingenio, Eduardo Butori y Fernando Cornú de Olmos.
Los camaristas descartaron los argumentos de las defensas de los tres acusados que quedan con vida y confirmaron la decisión de la Cámara Federal de Tucumán, que en 2021 consideró acreditado “que los encartados realizaron los aportes que señala la acusación: cedieron instalaciones para que funcione el CCD (centro clandestino de detención), aportaron la logística para que funcione esa base, autorizaron la circulación, aportaron vehículos para los secuestros de las personas que se llevaron adelante, dieron información calificada a los militares para que lleven adelante la tarea de represión clandestina, sobre todo de personal de sindicato”, y que esos delitos no se podrían haber cometido sin ellos.
Los hechos ocurrieron a partir de febrero de 1975, cuando, en el marco del Operativo Independencia, en La Fronterita se instaló la fuerza de tareas “Rayo” del Ejército en tres espacios, “Comando de la Laguna”, donde se alojaba a la oficialidad, el “Tambo”, en el que permanecían las tropas, y los “conventillos”, viviendas utilizadas como centro clandestino de detención. Los tres fueron reconocidos por sobrevivientes como los lugares donde los tuvieron cautivos y fueron torturados.
La causa ya dio varias vueltas por todas las instancias del Poder Judicial y fue elevada a juicio a fines de 2021, aunque la justicia federal de Tucumán aún no puso fecha para la realización de un debate a la espera de que se resolvieran los recursos. Desde ese momento, uno de los imputados, Alfredo Martínez Minetti, murió sin ser juzgado.
El expediente se inició en 2018, a partir de los testimonios y pruebas que surgieron durante el primer juicio por el Operativo Independencia un año antes. En 2019, el juez federal Daniel Bejas dictó falta de mérito para los empresarios y luego la Cámara Federal de Tucumán lo confirmó. La fiscalía y las querellas recurrieron a Casación, que en diciembre de 2020 lo revirtió y en agosto de 2021 la Cámara de Tucumán decidió procesarlos por crímenes de lesa humanidad.
A partir del procesamiento, las defensas presentaron un recurso pero Casación se negó a tratarlo. En septiembre de 2024, la Corte Suprema de Justicia hizo lugar a un recurso de queja y ordenó a la Sala IV que lo analice, lo que derivó en el fallo de este lunes, en el que los camaristas lo rechazaron.
A partir de esta decisión, ya no hay impedimento para fijar fecha y analizar en un juicio oral la responsabilidad de La Fronterita en los crímenes contra 68 personas que en su mayoría eran delegados y militantes gremiales.
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