Caso Maldonado: se abre una nueva etapa en la investigación

Por: Néstor Espósito

El juez Gustavo Lleral confirmó que Santiago murió por asfixia por sumersión coadyuvada por hipotermia. ¿Cómo sigue la causa a partir de ahora?

La junta médico-criminalística determinó cómo murió Santiago Maldonado. La investigación aún no pudo determinar por qué murió.

Un sector importante de la sociedad parece festejar las conclusiones del peritaje: Santiago Maldonado murió por asfixia por sumersión coadyuvada por hipotermia. Todo parece indicar que permaneció siempre en el agua y que una combinación azarosa de factores (la principal, la ineficiencia de las tareas de búsqueda) causó que permaneciera desaparecido durante casi 80 días.

El estudio dice (aunque no lo exprese taxativamente) que no hubo uno o más gendarmes causándole heridas que le provocaran la muerte. ¿Excluye esa circunstancia la responsabilidad de la Gendarmería?

El adolescente Luciano Arruga murió supuestamente atropellado por un auto cuando intentaba cruzar una carretera a la carrera. Su cuerpo permaneció sepultado como NN hasta que años después fue identificado. La causa de la muerte fue accidental, pero ¿por qué corría descalzo de madrugada por una ruta un joven que había sufrido episodios de detenciones arbitrarias y vejámenes por parte de policías a los que, según él mismo contaba, les había rechazado la exigencia de delinquir? Esa investigación judicial no determinó hasta ahora responsabilidades en las fuerzas de seguridad. Pero ello, en modo alguno, quiere decir que no las haya. El secreto de la impunidad es justamente ese: que no se pueda probar con fuerza suficiente una circunstancia delictiva ante un tribunal.

Las preguntas sobre Arruga le caben a Maldonado: ¿Por qué un joven que no sabía nadar intentó cruzar un río gélido en medio de la Patagonia, vestido con mucha ropa de abrigo para hacerle frente a una temperatura de varios grados bajo cero?

El juez Gustavo Lleral anunció una “reconstrucción histórica” de las circunstancias de la muerte de Santiago Maldonado. ¿Qué tan histórica y fiel será esa reconstrucción? ¿Incluirá la presencia en el lugar de Pablo Nocetti y la orden del juez Guido Otranto limitada al despeje de la ruta?
La otra cuestión a resolver es qué figura del Código Penal podría corresponderles, eventualmente, a los gendarmes que persiguieron a los mapuches y a quien les dio la orden de hacerlo, con el pretexto de que estaban facultados a intervenir sin orden judicial ante la comisión de un delito en flagrancia.

Todo apunta a que la conclusión judicial será que Santiago Maldonado incurrió en una “autopuesta en peligro”. Dicho de otro modo, se ahogó solo, no sabía nadar y sin estar habituado a los rigores meteorológicos de la zona, se metió a un río helado en el que halló la muerte. En ese escenario, no habrá responsabilidades, ni de la Gendarmería, ni de Nocetti.

Pero, de menor a mayor, el artículo 81 del Código Penal establece que “se impondrá reclusión de tres a seis años, o prisión de uno a tres años (…) al que, con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte”. Los “corchazos” o los “piedrazos” de los que hablaron algunos gendarmes encajan en la definición de “medio empleado que no debía razonablemente ocasionar la muerte”.

Otro antecedente más grave emerge de la historia judicial reciente: la muerte del adolescente Ezequiel Demonty. De madrugada, en la periferia porteña, fue interceptado por policías federales que lo forzaron a arrojarse, contra su voluntad porque no sabía nadar, al Riachuelo. Allí pereció ahogado. Los uniformados fueron condenados por “homicidio agravado” por su condición de efectivos de una fuerza de seguridad.

Existe otra variante no explorada. La “hipotermia” está hablando de un desenlace con el resultado muerte que no fue inmediato ni repentino. No murió en un instante, fue un proceso que llevó tiempo. Los gendarmes que bajaron hasta el río, sin autorización judicial expresa para hacerlo, permanecieron en la zona unos 20 minutos. ¿Nadie vio nada extraño? Un miembro de una fuerza de seguridad que ve a una persona en riesgo de muerte tiene la obligación de intervenir para intentar salvarlo. Si no lo hace, comete el delito de “abandono de persona”.

El director del CELS, Gastón Chillier, dijo ayer a Tiempo que con los resultados del peritaje “se abre una nueva etapa en la investigación de la muerte de Santiago que debe incluir las circunstancias de su deceso y también las responsabilidades por el operativo violento e ilegal de Gendarmería Nacional”.

Santiago Maldonado tenía demasiado frío como para atravesar las aguas del Río Chubut por propia voluntad. Su autopsia determinó, con rigor médico, cómo murió. La parte de la investigación que resta por delante debe responder por qué está muerto

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