Caso Chocobar: Casación porteña declaró improcedente el paso de la causa a la Justicia de la Ciudad

Por: Néstor Espósito

Se trata de una vieja situación irresuelta sobre las facultades del máximo tribunal de la Ciudad para revisar fallos de la Justicia Nacional, que está desde hace unos tres años a la espera de un pronunciamiento de la Corte Suprema federal.

La Cámara de Casación porteña declaró “manifiestamente improcedente” un intento de la defensa del policía Luis Chocobar para llevar su caso al Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Los jueces Eugenio Sarrabayrouse, Daniel Morín y Horacio Días desestimaron el planteo formulado para habilitar la intervención del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) local. Se trata de una vieja situación irresuelta sobre las facultades del máximo tribunal porteño para revisar fallos de la Justicia Nacional, que está desde hace unos tres años a la espera de un pronunciamiento de la Corte Suprema federal.

A principios de mayo pasado, la Cámara Nacional de Casación anuló el juicio en el que Luis Chocobar fue condenado a dos años de prisión en suspenso y cinco de inhabilitación por la muerte de Pablo Kukoc, un asaltante que en 2017 hirió gravemente al turista estadounidense Frank Wolek en el barrio porteño de La Boca. Chocobar había sido condenado por “homicidio agravado en exceso del cumplimiento de un deber”, puesto que el tribunal consideró que se extralimitó al disparar a Kukoc, quien estaba huyendo tras el robo y la agresión al turista norteamericano, quien quedó moribundo y salvó su vida de milagro.

Las vueltas del caso Chocobar

La Cámara de Casación anuló esa condena, apartó al Tribunal Oral de Menores que la había dictado y ordenó que se realizara un nuevo juicio sobre la conducta de Chocobar. La defensa del policía, a cargo de los abogados Fernando Soto y Luis Cevasco, apeló esa decisión con la intención de que interviniera como alzada (instancia de revisión) el TSJ porteño. Soto y Cevasco son dos abogados muy cercanos a la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, inclaudicable defensora de Chocobar.

Si ello ocurriera, el TSJ –un tribunal que suele fallar en sintonía con las posturas de la fuerza política que hace casi tres lustros gobierna la Capital Federal- podría emitir una resolución dejando sin efecto el fallo que ordenó un nuevo juicio y directamente absolver a Chocobar.

Exagerados descriptores del accionar del TSJ aseguran que si el gobierno porteño planteara la inconstitucionalidad de la ley de la gravedad las manzanas serían abolidas e Isaac Newton terminaría preso.
Las Cámaras Nacionales de tres fueros (comercial, civil y laboral) ya habían rechazado que el Tribunal Superior de la Capital Federal –algo así como la Corte Suprema del distrito local- esté habilitada para revisar sus fallos. Incluso la Procuración General de la Nación se pronunció en ese sentido.

¿En qué causas lo hizo? En un reclamo de la familia del difunto artista plástico León Ferrari contra el periodista y marchand Gabriel Levinas por una supuesta defraudación con la venta de cuadros; por una medida precautoria del fuero laboral que ordenó “reinstalar y reponer la posibilidad de acceso a la aplicación telefónica” de un repartidor de Repartosya S.A. y en la causa por la quiebra de la empresa Correo Argentino S.A, propiedad de la familia del ex presidente Mauricio Macri. Ahora, a través de esta presentación, se suma a esos casos uno del fuero penal: la causa Chocobar. La Corte Suprema tiene demorado un pronunciamiento definitivo para zanjar esta situación.

“Toda vez que se pretende cuestionar una resolución mediante un medio de impugnación no previsto legalmente en el ordenamiento procesal penal que rige el caso, el planteo intentado resulta manifiestamente improcedente, lo que así debe declararse”, sostuvo la Casación porteña. “Esta solución, que viene siendo sostenida de modo unánime por la totalidad de los jueces de esta Cámara, oportunidad en la que sostuvo que no existe base legal para atribuir al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la potestad de revisar una sentencia emanada de una Cámara Nacional”, subraya el fallo.

El tribunal rechazó “la admisión de una vía recursiva ante un tribunal local contra las decisiones dictadas por jueces que integran la justicia nacional ordinaria modifica la estructura del Poder Judicial de la Nación, definida legalmente”.

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