Clarín avanza sobre la gratuidad de los partidos de la Selección Argentina

Por: Alejandro Wall

TRISA, del Grupo y Torneos, se presentó ante la Justicia para rechazar un pedido de amparo de la señal comunitaria Pares TV, que transmite los encuentros de Flandria. Pidió la inconstitucionalidad de una parte de la Ley de Medios. Y también de un artículo clave de la ley sobre la transmisión en la TV abierta de los encuentros de la Selección.

Tele Red Imagen SA (TRISA), la empresa del Grupo Clarín y Torneos que tiene los derechos de la Primera B Nacional y la Primera B Metropolitana, pidió ante la Justicia Federal la inconstitucionalidad de un conjunto de artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, los cuales garantizan las transmisiones por televisión abierta de eventos de interés general. No sólo eso: de paso, también reclamó que se declare inconstitucional un artículo vital de la ley por la que los encuentros de la Selección Argentina van por canales de aire. Lo hizo como respuesta a la presentación de un amparo de Pares TV, la señal comunitaria de Luján que transmite los partidos de Flandria, para que el gobierno aplique los artículos 77, 78, 79 y 80 de la Ley 26.522, que todavía siguen vigentes. En caso de que la Justicia le dé lugar a la demanda de Pares se trataría de un caso testigo, algo que preocupa a la AFA ya que podría repercutir en la Primera División, cuyos derechos están en manos de Fox y Turner. 

Para continuar con las transmisiones, Pares TV basa su reclamo en el artículo 77 de la Ley 26.522, que sostiene el acceso universal a contenidos de interés relevante. No sólo a nivel nacional. El canal cooperativo entiende que los partidos de Flandria, equipo de Jáuregui, son relevantes para Luján, desde donde transmite. Pero el gobierno nacional no lo aplica. De hecho, la ley exige al Estado realizar audiencias públicas para establecer un listado de eventos cada año. Desde 2015, no hay audiencias ni listado. 

El Ministerio de Modernización –que absorbió las funciones del Ministerio de Comunicaciones, disuelto este año– se presentó ante el Tribunal Federal de Mercedes para decir que «la actora pretende extender la vigencia de dicha resolución que ya operó en 2016, al corriente año 2017 en forma totalmente arbitraria e infundada, sin derecho alguno». Pero luego sostiene que el listado que se hizo hasta 2015 «encontraba sustento en el acuerdo suscripto entre la AFA y el Gobierno Nacional, denominado Fútbol para Todos». Es decir, plantea que Pares TV debe esperar a la conformación del listado de eventos de interés relevante, pero a la vez dice que ese listado ya no tiene razón de ser.

TRISA, la empresa que controla el canal TyC Sports, presentó un escrito el 25 de octubre pasado en el que reclamó que la Justicia «decrete la inaplicabilidad de los artículos 77, 78, 79 y 80 de la Ley 26.522 a los derechos que tiene TRISA», argumentando que ese bloque normativo «se aplica a derechos sobre eventos puntuales y determinados, y no sobre torneos». Y agregó: «En forma subsidiaria, para el supuesto que no se haga lugar a lo peticionado en el acápite (ii) anterior, solicito a V.S. decrete la inconstitucionalidad del bloque normativo integrado por los artículos 77, 78, 79 y 80 de la ley 26522; artículos 79 y 80 del Decreto Reglamentario 1225/2010 y Resoluciones AFSCA 186/2011 y 980/2013”»porque su aplicación «conlleva una violación del derecho de usar y gozar de la propiedad, de comerciar, y de ejercer toda industria lícita de mi mandante por cuanto le impide determinar el esquema de explotación comercial de los mismos.»

La presentación de TRISA, además, hace alusión a la Ley 25.342, promulgada en noviembre de 2000, y que establece que los partidos oficiales de la Selección deben transmitirse por televisión abierta. Es que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual remite a su artículo 2° en cuanto «los acontecimientos de interés relevante deberán emitirse o retransmitirse en las mismas condiciones técnicas y de medios de difusión que las establecidas en la ley 25.342». Por eso, la empresa de Clarín y Torneos también plantea la inconstitucionalidad del artículo porque «su aplicación genera los perjuicios detallados a lo largo del presente en el derecho de propiedad y de comerciar de TRISA». Esa ley fue conseguida durante el gobierno de Fernando de la Rúa. No fue sencillo que avanzara. «Doctorcito, doctorcito, yo me comprometo a que esta ley va a salir, pero entienda que cuando usted sale por esa puerta los que entran son los de Clarín», le dijo José Luis Gioja, entonces senador, al abogado César Francis, uno de los impulsores de la norma, cuya discusión incluyó una audiencia pública de la que participaron representantes del Grupo, que intentaba frenar la aprobación, y periodistas como  Víctor Hugo Morales, a favor de la ley. Diecisiete años después, el Grupo vuelve a ponerla en discusión. 

Fútbol y TV 

Uno de los aspectos que plantea Pares TV, un canal que funciona desde 2009 y que desde 2015 emite con licencia por el 32.1  de la TDA, es que TyC Sports no televisa todos los partidos de la Primera B Nacional, por lo que muchas veces no hay pantalla para Flandria. «Sólo transmitieron seis partidos de 45 que jugó Flandria en la temporada pasada», cuenta el director de la señal comunitaria, Diego Gusmerini. En esos casos, explica, los hinchas se quedan sin ver al equipo, excepto que Pares TV pueda transmitir. En TyC Sports explican que cuando no dan los partidos por el canal, lo hacen a través de TyC Sports Play, una plataforma online. TRISA aduce que entre abril de 2016 y septiembre de 2017 le pagó a la AFA 214.129.000 de pesos por los derechos de la Primera B Nacional y la Primera B Metro. Además, argumenta que, según la ley, si Pares TV quisiera transmitir los partidos debería pagar por los derechos a precio de mercado. «Si se aplica la normativa atacada –se lee en el texto– TRISA no podrá recuperar inversiones, por lo que el negocio se vuelve inviable. Y sin ingresos de televisación para AFA, no hay fútbol de Nacional B posible».

«Trisa sostiene una posición simple y burda: la ley no se les debe aplicar. Dicen: ‘Nosotros invertimos, no habría fútbol sin nuestro aporte, nadie tiene derecho a disminuir, ni en un ápice, nuestra renta económica. No hay derechos, ni razones de interés público, ni libre expresión, ni libre competencia. Estamos más allá de la ley», asegura Mariano Suárez, abogado de Pares TV. «Ese listado no existe, por lo que no se puede aplicar –responde una fuente de TRISA a Tiempo-. En cuanto al pedido de inconstitucionalidad, se hace subsidiariamente pero no es el punto principal. Ahora bien, si la Justicia dice que cualquiera puede televisar cualquier partido, entonces mañana un canal de Mendoza puede televisar los partidos de Godoy Cruz.»

Que pueda sentar jurisprudencia es lo que más preocupa en la AFA sobre el pedido de Pares TV sobre los encuentros de Flandria, según sostienen distintas fuentes del domicilio de Viamonte 1366. Serían los coletazos que pueda producir en los derechos del fútbol de Primera, en manos de Fox Sports y Turner. Un caso de Luján que puede repercutir en todo el fútbol argentino. «

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