La Cámara Federal porteña rechazó la recusación solicitada por el ex titular del Fondo de Garantías de Sustentabilidad (FGS) de la ANSES durante el macrismo.

En primera instancia, Blaquier había sido procesado por el juez Sebastián Casanello por «negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública», pero la Cámara dejó sin efecto esa resolución por considerarla “prematura”. Y dispuso su falta de mérito. El tercer miembro del tribunal, Mariano Llorens, directamente propuso que Blaquier fuera sobreseído y la causa se cerrara por inexistencia de delito.
Con ese fallo en la mano, los abogados de Blaquier, Ramiro Salaber y Hernán Munilla Lacasa, “señalaron que de conformidad con lo que surge de distintas notas periodísticas que aportaron junto a su primigenia presentación, existen ‘antecedentes’ que darían cuenta de su orientación política y que explicarían tanto su pérdida de objetividad como el origen de una enemistad manifiesta o animadversión hacia su asistido”. Los defensores construyeron así el argumento según el cual la supuesta falta de imparcialidad se fundamenta en que Blaquier “cumplió funciones públicas en un gobierno que se encuentra en las antípodas de la filiación política de Picardi”.
Blaquier fue procesado en primera instancia por el juez federal Sebastián Casanello, pero esa decisión fue revocada por la Cámara Federal a mediados del año pasado, en un fallo firmado por los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi. Justamente Bertuzzi, en un fallo unipersonal, rechazó ahora la recusación contra Picardi: “frente a la ausencia de argumentos autónomos -dado que se apoya en el contenido de notas periodísticas que, en los términos planteados, sólo se presentan conjeturales- no se ha logrado acreditar la configuración de la causal de recusación invocada”.
Blaquier había denunciado “la antojadiza forma en que Picardi viene conduciendo la investigación, denotando un proceder tendencioso y perjudicial” en su contra.Pero el fallo descartó que Picardi “haya perdido la objetividad que le es debida a un funcionario del Ministerio Público Fiscal”.El fallo que ratificó la continuidad de Picardi en el expediente subrayó que la “alegada enemistad manifiesta debe sustentarse en la existencia de una relación personal que demuestre tal predisposición subjetiva, lo cual no ha sido probado por la defensa” de Blaquier.
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