El máximo tribunal confirmó la pena de 4 de años de prisión, al considerar al exfuncionario como "partícipe necesario" de administración fraudulenta.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron por “inadmisibles”, en aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, los recursos del Ministerio Público Fiscal y de la defensa de De Vido contra la sentencia que le impuso la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación especial perpetua, accesorias legales y costas.
En 2018, el Tribunal Oral Federal N° 4 había condenado al ex ministro al considerar que no cumplió con su deber de controlar el uso de los fondos públicos asignados a la concesionaria Trenes de Buenos Aires (TBA). Si bien fue absuelto del delito de estrago culposo, vinculado a las muertes y lesiones ocasionadas por el accidente, se lo responsabilizó por el manejo irregular de los recursos.
Según el fallo del TOF 4, integrado por los jueces Pablo Bertuzzi, Néstor Costabel y Gabriela López Iñíguez, el Ministerio de Planificación no controló el destino del dinero a pesar de los informes públicos que advertían sobre el mal funcionamiento del servicio ferroviario de la línea Sarmiento.
La Cámara Federal de Casación Penal había confirmado la condena y la defensa recurrió ante la Corte Suprema. En 2024, el máximo tribunal confirmó la responsabilidad penal de De Vido por defraudación, aunque ordenó revisar el monto de la pena, que finalmente fue fijada en cuatro años de prisión.
Con el rechazo a los planteos de las partes, la Corte Suprema dejó firme la condena, desestimando el último intento de la defensa que buscaba la prescripción de la causa.
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