Desde Infancia en Deuda aseguran que hay un sector del periodismo que no está respetando lo estipulado por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Quienes son miembros de la ONG aseguran que hay un sector del periodismo que no está respetando lo estipulado en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y otras normas indican. Además, denuncian que se están vulnerando los derechos de los más pequeños.
Es una situación que muestra la necesidad de la designación del Defensor de la Niñez, quien entre sus funciones debe velar por estos derechos de la infancia , explica Carmen Ryan, integrante de Infancia en Deuda, a Tiempo.
En este sentido, las coberturas periodísticas deben ser respetuosas de los derechos de niñas, niños y adolescentes establecidos por la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
De este modo se puede evitar la revictimización mediante acciones que tiendan a identificar directa o indirectamente a quienes son víctimas, culpabilizarlas, deslegitimar sus demandas, incluso cuando operadores policiales o judiciales den información sobre el caso.
Así, para evitar toda vulneración de los derechos y resguardar la vida privada de las personas involucradas, se deberá brindar información que ayude a abordar la problemática sin focalizar la comunicación en los detalles escabrosos y sin exhibir fotos o datos personales, extremando los recaudos para preservar la identidad de niñas, niños y adolescentes.
Se ve a diario la forma en la que son tratados los casos de violencia sexual en los medios de comunicación. Retoma las indicaciones de la Defensoría del Público es necesario para que las niñas y niños no vuelvan a ser víctimas por un sector del periodismo que los expone, asegura Ryan.
Las coberturas deben respetar los derechos de niñas, niños y adolescentes establecidos por la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, especialmente: el derecho al interés superior; el derecho a la dignidad y a la integridad personal; el derecho a la vida privada e intimidad familiar; el derecho a opinar y ser oído.
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