El Tribunal nacional electoral dispuso la medida con fuertes críticas a Servini de Cubría por un fallo “en su totalidad de carácter político y no jurídico”.

La cámara hizo suyos buena parte de los planteos del fiscal Di Lello, a quien cita, y no se ahorra fuertes críticas a la magistrada, como que “no puede pasarse por alto que prescindió de dar participación al Ministerio Público Fiscal y a las propias partes afectadas”; e incluso los jueces aseguran que Servini no evaluó las pruebas sino que hizo simplemente suyos los argumentos para intervenir el PJ: “la señora juez no evalúa concretamente la acreditación de dichos presupuestos, sino que tan solo hace propias las manifestaciones efectuadas por los actores en su presentación inicial para sustentar el pedido de intervención”.
Un paso más allá del colmo de los argumentos para dictar la intervención fue la derrota del justicialismo en las últimas elecciones presidenciales. La respuesta del tribunal, no puede alejarse mucho del tono caricaturesco de la fundamentación de Cubría: «Si se estimara relevante la circunstancia de que la agrupación tuviera ‘adversos resultados electorales’, según sugiere la señora juez (deberían) ser intervenidos todos los partidos que integraron las cinco alianzas que no resultaron ganadoras en los comicios”.
Los jueces explican además que la intervención judicial de un partido político es una medida excepcional, que sólo se justifica cuando se configura la violación de la ley o la carta orgánica de la organización lo que no se verifica en este caso. Cuatro meses tardó la justicia en resolver la intervención de uno de los partidos políticos nacionales más importantes del país. Intervención que se produjo en el momento en que comenzaban a discutirse alianzas posibles para enfrentar al oficialismo de Cambiemos con lista unificada.
El pedido de intervención fue realizado por dirigentes de las 62 Organizaciones cercanos al gobierno y a Luis Barrionuevo. Entre los denunciantes están el triunviro de la CGT, Carlos Acuña; el titular del Sindicato de Obreros de Maestranza (SOM), Oscar Guillermo Rojas y el del Sindicato Obrero de la Industria del Vestido y Afines (SOIVA), Horacio Alberto Valdéz.
“El Tribunal no puede dejar de advertir que los motivos expuestos por la señora juez no logran demostrar, desde ningún punto de vista, que el partido de autos se viera inmerso en un nivel de controversia tal que no pudiera solucionarse por otro camino”, las largas enumeraciones del fallo por las anomalías de la medida dictada por Servini parecen dirigidas a mostrar que se trató efectivamente de un fallo político. A tal punto que lo único que le conceden es que investigue las faltantes de documentos denunciados por Barrionuevo a posteriori de asumir como interventor.
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