Denunciaron judicialmente a funcionarios de la Salud por impedir el aborto no punible a una menor violada en Tucumán

Se trata de la ministra de Salud, Rossana Chahla, el titular de servicios médicos de Siprosa, Gustavo Vigliocco, además de la directora del hospital y la jefa de ginecología. La demanda es por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

La Fundación Mujeres X Mujeres, Católicas por el Derecho a Decidir Argentina y la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos Tucumán denunciaron penalmente a quienes impidieron la realización de la interrupción voluntaria del embarazo a una de 11 años que había sido violada.

La denuncia se presentó contra Tatiana Obeid, (médica tratante de Lucía), quien además es jefa del servicio de Ginecología del Hospital del Este, a la directora del Hospital Eva Perón, Elizabeth Ávila; a la ministra de Salud Rossana Beatriz Chahla y al secretario médico del Si.Pro.Sa, Gustavo Vigliocco.

“Denunciamos que la atención clínica en este caso estuvo plagada de violaciones a los derechos de una niña como ‘paciente’”, dice el comunicado emitido por las mujeres luego de haber presentado la denuncia. Enumera que las violaciones se traducen en el “incumplimiento de los deberes que todo funcionario público que preste servicios sanitarios tiene: deber de respetar la autonomía, deber de brindar información, deber de asegurar la asistencia y deber de garantizar el trato digno y respetuoso, libre de violencias y el deber de resguardar la confidencialidad e intimidad en la atención de interrupción legal de embarazo (ILE en adelante)”.

También destaca que el incumplimiento se dio “tanto en el proceso de consentimiento informado a cargo de su médica tratante, como en judicialización innecesaria de su atención clínica en sede civil y penal, en la recabación de segundas opiniones por fuera de lo que indica la ley 26.529 –con la realización de una Junta Médica que emitió un dictamen diciendo que su embarazo era ‘normal’ para contrarrestar otro dictamen forense que hablaba de ‘riesgo obstétrico alto’- y con la objeción de conciencia personal e institucional que evidentemente afectó su acceso a la salud desde el inicio de la relación médico-paciente, y no solamente al final como declararon públicamente”, y agregan que no es el primer caso que sucede en Tucumán.

“Interrumpir un embarazo producto de una violación o que ponga en riesgo la vida o la salud es un derecho desde 1921”, aclara el escrito. “En el caso de una niña, cualquier niña, siempre será un derecho reforzado porque además de la violación todo embarazo pone en riesgo su salud. Por eso exigimos una atención sanitaria de calidad para ellas, basada en derechos, donde los principios de autonomía y no maleficencia sean la guía rectora de todo accionar médico, donde el abordaje integral de la salud esté garantizado y donde lo que el Estado administre frente a un pedido de ILE sea salud pública, no limosna sanitaria”, finaliza.

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