La medida busca que una mayor cantidad de monotributistas puedan convertirse en beneficiarios de esta iniciativa.

Así se dejó sin efecto el requisito establecido en los casos de solicitantes que registran factura electrónica, por sus operaciones de venta, locación o prestación de servicios, quienes podían acceder al crédito cuando, considerando el promedio mensual de facturación electrónica del primer semestre de 2021, se verificaba que su facturación no era superior a 1,2 veces del promedio mensual del límite inferior de su categoría.
También se eliminó la condición para aquellos que no registran factura electrónica, quienes podían acceder cuando ese mismo promedio –que surgía de la facturación electrónica como compradores, prestatarios o locatarios- era inferior al 80% de la suma que resultaba de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría. En ambos casos, para los contribuyentes que se encontraban inscriptos en la categoría A, se tomaba como límite la suma de $ 20.800.
Por otra parte, se suprimió también el impedimento que regía sobre los sujetos que prestaban servicios al sector público nacional, provincial o municipal. En tanto se incorporó como nuevo requisito que no serán elegibles los solicitantes que hubieran aumentado la categoría en la que se encuentren inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) al momento de la solicitud, respecto de la categoría del solicitante vigente al 30 de junio de este año.
El presidente explicó que terminó aceptando la renuncia del ex Jefe de Gabinete porque "empezó…
El desembarco del ministro del Interior en el corazón del poder libertario expone la dependencia…
Argentina venció 3-1 a Jordania en el cierre de la primera fase con goles de…
Aunque las internas del PJ suelen ser candentes, los decibeles subieron a niveles inéditos. Los…
Los varones que sufren violencia o ven cómo se ejerce nunca dicen nada, silenciados por…