La Justicia desestimó la denuncia contra Norman Briski por su discurso en defensa de Palestina

El actor había sido denunciado por instigación a cometer delito por sus manifestaciones públicas respecto al genocidio en Gaza.

La Justicia desestimó la denuncia contra el talentoso actor y maestro de actores Norman Briski, que en la reciente ceremonia de entrega de los premios Martín Fierro criticó ácidamente al gobierno de Javier Milei y, luego, tras ponerse serio, sólo dijo el sustantivo propio «Gaza» en tres oportunidades, separadas por un silencio solemne, para concluir que “Gaza jamás será vencido”. “No me importa que me aplaudan mucho o poco, pero lo siento aquí, en mi sangre, en mis ancestros. La defensa de un pueblo que está siendo asesinado, Gaza”.

Fue aplaudido por varios de sus pares y repudiado por muchos otros que consideraron inexplicable la reivindicación. La indignación fue in crescendo, además, porque Briski es de ascendencia judía. Fue blanco de incontables ataques.

Las denuncias verbales contra el reconocido dramaturgo y actor se formalizaron en la Justicia y fue investigado por instigación a cometer delito y por apología del crimen. Pero la Justicia desestimó la causa porque el Juzgado Correccional y Formal N.º 2 decidió dar por válida la argumentación del fiscal.

La argumentación del fiscal a favor de Briski

El tribunal señaló que la palabra del Ministerio Público Fiscal es relevante porque “goza, en el marco de nuestro sistema democrático, de la cualidad de órgano con autonomía funcional, lo que implica conservarse exento del sometimiento a otro poder del Estado. En fiel obediencia a aquellos esenciales postulados, ante la solución propuesta por el representante del Ministerio Público Fiscal, este Tribunal no encuentra más opción que admitir el criterio adoptado por quien detenta el ejercicio de la acción penal pública (art. 120 de la Constitución Nacional y art. 5 del CPPN).”

El fiscal explicó en su escrito que la denuncia y los hechos realizados por Briski “… no encuadraban en ninguna figura penal, toda vez que los eventos no lograban superar el juicio de tipicidad objetiva”. Y agregó: “…sólo se trató de un discurso ideológico respecto del conflicto bélico suscitado en el territorio de Gaza”. 

Por otra parte, expuso que el art. 212 del CP reprimía con prisión de tres a seis años al que públicamente incitare a la violencia colectiva contra grupo de personas o instituciones, por la sola incitación. Señaló que “el accionar tampoco encuadraba en esa figura, en tanto el mensaje no estuvo dirigido ni gozó de aptitud para incitar actos violentos, sino que tan sólo habría servido para generar debate respecto del conflicto suscitado en Medio Oriente, pero de ninguna forma constituyó un peligro concreto de violencia colectiva”.

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