La diputada había acusado a fiscales por la supuesta desaparición de escuchas telefónicas sobre ‘La Salada’, algo que nunca ocurrió ya que se usaron para detener a los principales líderes de la feria.

La investigación sobre la denuncia de Carrió estuvo a cargo del fiscal de San Martín Héctor Scebba. En rigor, la causa se inició porque un juez de Garantías de Lomas de Zamora, Gabriel Vitale, creyó que se habían perdido las grabaciones, porque las páginas del informe sobre ellas estaban numeradas de manera confusa para su conocimiento. Le explicaron que no había pérdida alguna, pero igual hizo la denuncia, sobre la que se montó Carrió para hacer estallar en los medios un supuesto nuevo caso de corrupción.
Ninguno de ellos, aún el Juez a quien ya se le había explicado el funcionamiento del sistema informático -que parecía no comprender- y que no debía atender a la denominada foliatura automática, procuró disipar la razonable duda que debió haberlos guiado antes de formular la denuncia con el consiguiente dispendio de actividad jurisdiccional y pesquisativa, y los ribetes de escándalo judicial y desprestigio institucional difundidos luego en la campaña política por entonces en curso. El dictamen del fiscal Scebba hace hincapié en el desprestigio institucional difundidos luego en la campaña política por entonces en curso.
Carrió, junto con su abogada, Mónica Frade, denunció el 6 de julio de 2017, en los albores de la campaña política para las elecciones legislativas, ante Conte Grand, un hecho gravísimo como lo es la desaparición de elementos probatorios; diez meses de escuchas telefónicas, a manos de quienes intervenían en la investigación y responsables de velar por ellas: los fiscales Carlos Baccini y el Fiscal General Departamental de Lomas de Zamora, Enrique Ferrari.
Las escuchas nunca estuvieron perdidas. Esas son algunas de las diversas singularidades (que) dan la pauta de la sinrazón de la denuncia del juez Vitali hecha propia luego por Carrió, dice el dictamen que cerró la investigación.
Tanto no se perdieron las grabaciones, que según indica el dictamen del fiscal Scebba- con las transcripciones de esas escuchas, previo recurso de apelación por parte del Fiscal de grado Dr. Baccini, el Fiscal Adjunto de las Cámaras de Lomas de Zamora Dr. Sebastián Scalera logró luego los múltiples allanamientos cuya realización había sido denegada por el juez Vitale, hechos que fueran de público conocimiento, repercusión y trascendencia.
El dictamen explica que Vitale y Carrió denunciaron el faltante de las escuchas, pero en realidad no faltaban. Sobre la base de esas escuchas, los fiscales pidieron allanamientos, pero el juez Vitale los denegó. Los fiscales apelaron y la Cámara les dio la razón. Entonces se realizaron los allanamientos que Vitale había denegado. ¿Quién protegía a quién?
La sinrazón de la conjetura formulada por el Juez de las Garantías y sus funcionarios, acerca de la supuesta perpetración de un ilícito, llevó a la señora Diputada Nacional Bloque CC-ARI Elisa María Avelina Carrió a sostener en la presentación del 6 de julio de 2017 la sustracción de «diez meses de escuchas telefónicas». Ello acarreó una grave repercusión institucional y mediática y la posterior reasignación de la presente causa a otro Departamento Judicial sin que se hubiere comprobado la comisión de ilícito alguno.
Más aún: la abogada Frade sostuvo, cumpliendo un mandato de la señora Diputada Carrió, que existían en torno a las supuestas irregularidades en La Salada tres pilares de complicidades, tratándose del poder político, judicial y policial. Y se le atribuyó al Fiscal General de Lomas de Zamora Enique Ferrari el rol de cómplice de los delitos en investigación. Incluso se mencionó su supuesta vinculación con «barras de varios clubes, funcionarios policiales y políticos que incluso conectan con algunos de Lanús.
Los avances posteriores de todas las causas que involucraban al complejo denominado La Salada llevadas ( ) parecen colisionar severamente con la alegada trama de complicidades que ha sido afirmada por las denunciantes pretendiendo teñir de deshonestidad a la labor del Poder Judicial del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, replicó el fiscal Scebba.
Se trata claramente de una afirmación que por sí sola escapa a la hipótesis de ser pesquisada por vía de una acción pública pues fuera de la alegada especie de complicidad, estas otras afirmaciones podrían constituir claramente un juicio ofensivo al afectado, esto es una acción tendiente a deshonrar o injuriar a la persona o eventualmente desacreditarlo. ( ) La vaguedad de tales expresiones traídas por las denunciantes carecen del aporte de los mínimos datos circunstanciados de aquello que han pretendido denunciar.
El dictamen invierte los roles de denunciantes y denunciados. Las afirmaciones realizadas por la abogada Mónica Frade cumpliendo un alegado mandato de la señora Diputada Nacional Dra. Elisa Carrió en diversos medios de difusión, pueden constituir eventualmente delitos de aquellos que dependen de acciones privadas, sean por la vía penal o civil por afectar su buen nombre y honor.
Dicho de otro modo, el fiscal Ferrari tiene el camino despejado para denunciar a Carrió por calumnias e injurias. Aunque, claro está, la diputada tiene todo el derecho a ampararse en sus fueros parlamentarios.
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